Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 13 de Junio de 2019, expediente FSM 180373/2018/1/CFC001

Fecha de Resolución13 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal -S.

I- FSM 180373/2018/1/CFC1 “CORVO DOLCET, M. s/ recurso de casación”

Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 1033/19 Buenos Aires, 13 de junio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso de casación que obra a fs. 1/9, deducido por el representante del Ministerio Público Fiscal, en el marco de la causa Nº FSM 180373/2018/1/CFC1, caratulada “CORVO DOLCET, M. s/recurso de casación”, contra la decisión de la S. I de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín que confirmó la decisión del Juzgado Federal de Campana que dispuso el sobreseimiento de M.C.D. por la presunta comisión del delito de evasión simple, previsto en el art. 1º de la ley 27.430, en relación al pago del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2011 por el monto de $1.101.755,97.

Y CONSIDERANDO:

De manera preliminar, es menester recordar que en relación al juicio de admisibilidad que prevé el art. 444 del código de rito, no obstante la admisión previa concediendo el recurso interpuesto, esta Cámara Federal de Casación Penal, mediante un nuevo examen de la cuestión, puede llegar a la conclusión de que la impugnación presentada no reúne alguno de los requisitos formales exigidos por la ley procesal.

En efecto, si en esta instancia se considera que el recurso es formalmente improcedente y ha sido mal concedido, podrá desecharse sin que medie pronunciamiento sobre el fondo en cualquier momento, ya sea antes o después de la audiencia para informar o al tiempo para dictar sentencia (ver en igual sentido esta S., CPE 449/2015/TO2/6/CFC1, “G., F. s/recurso de Fecha de firma: 13/06/2019 casación”, reg. 760/18, rta. 16/08/18; y CPE Alta en sistema: 14/06/2019 Firmado por: W.D.M., Secretario de Cámara 1 Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #33556595#236580176#20190614090509777 1642/2011/TO2/CFC2, “A., P.G. s/recurso de casación”, reg. 1118/18, rta. 18/10/18; entre otros).

Sentado lo expuesto precedentemente, si bien el recurso de casación ha sido interpuesto contra una resolución de carácter definitivo (art. 457 del C.P.P.N.), la impugnación se ha limitado a cuestionar una fundamentación que no comparte, sin lograr controvertir el criterio esgrimido en el fallo cuestionado, que se ajusta a lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR