Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 6 de Julio de 2017, expediente FBB 009238/2014/TO02/7

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 9238/2014/TO2/7 Buenos Aires, de julio de 2017.-

AUTOS y VISTOS:

Para resolver en este FBB 9238/2014/TO2/7 caratulado:

CONDENA DE V.M., J. EN AUTOS: V.M., J. POR INFRACCIÓN LEY 26.364; USO DE DOCUMENTO FALSO O ADULTERADO (art.296)

del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal; Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 173/174 la señora Defensora Oficial Coadyu-

    vante del penado J.V.M., solicita la revisión de las últimas calificaciones trimestrales que el Consejo Correccional de la Unidad Penal Nro.6 de R. le impusiera a su pupilo, por entender que las mismas se basan en valoraciones infundadas. Se le mantiene los mismos guarismos, esto es ejemplar 10 y concepto 5, desconociendo los motivos que la fundan, más allá que se encuentran en cumplimiento.

    Argumenta que la calificación de concepto se sustenta en una ponderación de cuestiones subjetivas que escapan el conocimiento y control judicial requerido.

    Por ello requiere, previa revisión de las calificaciones de su asistido, se proceda a la inmediata promoción judicial al periodo de prueba, ello en resguardo de las máximas que hacen al debido proceso legal y a las exigencias de mínima fundamentación que de ello derivan.

  2. Que, a fs. 184/vta. la señora F. General contesta la vista que le fuera conferida. Entiende que debe ser desestimada la pretensión intentada por no advertirse arbitrariedad en la decisión adoptada por el Servicio Penitenciario sino, antes bien, fiel apego a la normativa vigente.

    Indica que V.M. transita la fase de consolidación del período de tratamiento, que los guarismos obtenidos guardan concordancia con la instancia del régimen en el que se encuentra y que se decide mantener la calificación obtenida en el último periodo adoptando un criterio temporal para monitorear el avance del interno por la Fecha de firma: 06/07/2017 Alta en sistema: 07/07/2017 Firmado por: L.R.S., Juez de Ejecucion Penal Firmado(ante mi) por: M.C.Y., Secretaria de Ejecución Penal #28649055#183193687#20170706124010234 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 9238/2014/TO2/7 progresividad del tratamiento penitenciario. Y para la incorporación al período de prueba pretendido, debe necesariamente transcurrir por la fase de confianza en la que aún no ha sido incluido. En consecuencia, impetra se desestime la pretensión intentada.

  3. Que, conforme surge de las actuaciones remitidas por la Unidad Penal Nro.6 de...

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