Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 31 de Octubre de 2018, expediente FPA 003334/2016/TO01/3

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

raná, de octubre de 2018.-

Y VISTO:

El presente legajo NºFPA 3334/2016/TO1/3 caratulado “P.R. POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, venido a consideración a fin de resolver pedido de incorporación al régimen de semilibertad y; CONSIDERANDO:

  1. Que, a fs. 90, el condenado R.P. solicitó ser incorporado al Régimen de Semilibertad a fin de realizar trabajos de mecánica del automotor, en el taller ubicado en el cruce de las calles A. y Ayacucho de la cuidad de Gualeguaychú, bajo la tuición de J.V..

    A fs. 92 y vta. se agrega el informe social labrado por el profesional de la Unidad Penal quien efectivamente constató la existencia del Taller Mecánico, describe las condiciones laborales relativas a la propuesta de trabajo.

    A fs. 91 se encuentra glosada acta de trabajo para salidas laborales, suscripta por el condenado PEREZ y su futuro empleador, en la que se consignan días y horarios de trabajo (lunes a viernes de 8 a 18 horas), las tareas que deberá

    cumplir (mecánica de automotor) y por un plazo inicial de 30 días.

    Que, a fs. 93/95, expediente de semilibertad remitidas desde la Unidad Penal, en las que los informes Técnicos Criminológicos sostiene una clasificación desfavorable, sin embargo considera “… conveniente que el interno PEREZ acceda a lo peticionado a modo de evaluarlo paulatinamente en medio social externo y en la capacidad de apropiarse y respetar tanto el Régimen impuesto como las normas de conducta establecidas para su positivo cumplimiento.

    Los mismos argumentos son sostenidos en el informe del Consejo Correccional (fs. 95 y vta.) y del Director de la Unidad de alojamiento (fs. 96), destacando que “… en esta oportunidad consideramos provechoso que P. acceda al beneficio de Semilibertad. (…) debemos reflexionar que la oportunidad con la que cuenta el interno es muy positiva, teniendo en cuenta lo beneficioso que sería para el mismo adquirir conocimientos en una profesión que le permita despeñarse en el medio social externo al momento de un egreso definitivo. (…)

    considera conveniente que el interno acceda a lo peticionado, y así de esta forma Fecha de firma: 31/10/2018 evaluar su desenvolvimiento en el medio social externo.”

    Alta en sistema: 01/11/2018 Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.A.M., SECRETARIO DE JUZGADO #30285196#220371012#20181031131637211

  2. Que corrida la pertinente vista, el Sr. Fiscal General se expidió

    respectivamente a fs. 104/106, en...

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