Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 30 de Noviembre de 2017, expediente FCT 004683/2015/TO01/10

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Nº: ____ Corrientes, ____ de Noviembre de 2014.-

Y VISTOS: para resolver en la presente causa caratulada: “Legajo de Ejecución: MARTINEZ LA PAZ, H.R.”, expediente Nº 645/17 –

FCT4683/2015/TO1/10.

Y CONSIDERANDO: que a fs. 92 el Señor Defensor Oficial solicita la Libertad Condicional del interno; petición que también la realiza éste último a fs. 97.

Cabe señalar que M. la Paz fue condenado en fecha 02 de agosto del 2016 por Sentencia Nº 27 del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes a la pena de cuatro (4) años y dos (2) meses de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco ($225,00) por considerarlo autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el artículo 5º, inciso c) de la ley 23.737; conforme surge de la fotocopia certificada glosada a fs. 6.

Ahora bien, a fs. 101 y vta., corre agregada el Acta Nº 960/17 donde el Consejo Correccional del establecimiento penitenciario a través de sus distintas áreas, analiza el comportamiento del interno y básicamente su observancia a los reglamentos carcelarios; concluyendo NO PROPICIAR la inclusión del interno al régimen de Libertad Condicional hasta tanto no se aclare su situación en el proceso judicial que se tramita ante el Tribunal Oral Penal de la 4º Circunscripción Judicial de la Provincia de Corrientes, expediente Nº13548/14.

En este sentido a fs. 93, el Señor Presidente del Tribunal antes citado mediante Exhorto Nº60, solicita autorización para el traslado del interno a la Audiencia de Debate que se fijó para el próximo día 06 de diciembre del 2017 a las 10,00 horas.

Que a fs. 107, luce el escrito del Representante del Ministerio Público Fiscal, en el cual expresa que no debe hacerse lugar al pedido de Libertad Condicional impetrado por el interno, teniendo en cuenta que el causante registra un proceso penal pendiente de resolución.

Que de las constancias y elementos colectados en el presente L., surge que H.R.M. La Paz si bien se encuentra próximo a cumplir el requisito...

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