Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 31 de Marzo de 2017, expediente CFP 007115/2014/TO01/1

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 7115/2014/TO1/1 Causa nº 2019/16 “U.A., J.C. s/ inf. ley 23.737

legajo de suspensión del juicio a prueba”

T.O.F. n° 3 Reg. nº 7274 Buenos Aires, 31 de marzo de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, a fs. 332/336 de los autos principales, el fiscal ante la instrucción requirió la elevación de la causa a juicio, imputándole a J.C.U.A. la comisión del delito previsto en el art. 14, primer párrafo, de la ley 23.737, en calidad de autor.

    En esta sede, el imputado, junto con su defensa técnica, solicitó la suspensión del proceso a prueba, de conformidad con lo dispuesto en el art. 76 bis del código de fondo (cfr. fs. 1).

    En oportunidad de celebrarse la audiencia prevista en el art. 293 del ordenamiento procesal, la defensa del nombrado entendió que de conformidad con los lineamientos fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “A.” y lo previsto en el art.

    76 bis, 4° párrafo, del Código Penal se encuentran verificados los requisitos que establece la ley para la concesión del beneficio, ya que en base a la escala penal del delito que se le imputa a su asistido, sumado a la falta de antecedentes penales computables y sus circunstancias personales, en caso de recaer condena, ésta sería de ejecución condicional. En consecuencia, Fecha de firma: 31/03/2017 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.L.G., SECRETARIO DE JUZGADO #29296220#175151040#20170411093017079 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 7115/2014/TO1/1 solicitó que se suspenda el proceso a prueba por el término de un año y ofreció la realización de tareas comunitarias a razón de dos horas semanales en Cáritas o en la iglesia Santa María Madre del Pueblo y el pago del mínimo de la multa prevista en la ley 23.737, de once pesos con veinticinco centavos ($11,25).

    Por su parte, J.C.U.A. ratificó lo expuesto por su defensor.

    A su turno, la señora fiscal consintió la petición realizada por la defensa, solicitando la suspensión del proceso a prueba por el término de un año, con la imposición de dos horas semanales de tareas comunitarias y el pago del monto mínimo de la multa.

  2. ) Que, en cuanto a la procedencia del instituto en cuestión, vale destacar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que el criterio que limita el alcance del beneficio previsto en el art. 76 bis del Código Penal a los delitos que tienen prevista una pena de...

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