Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 11 de Mayo de 2018, expediente CNT 033094/2008/CA002 - CA001

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA I Causa N°: 33094/2008 - LEDESMA S.M. c/ LOS SOLES INTERNACIONAL S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL Juzgado Nº 14 Sentencia Interlocutoria Nº 69517 Buenos Aires, 11 de mayo de 2018 VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, a fs. 790, en el cual cuestiona por altos los honorarios regulados al Dr. K. a fs. 782 I, por su labor llevada a cabo en la etapa de ejecución de la sentencia.

Y CONSIDERANDO:

Frente al mérito, la extensión de los trabajos realizados y detallados a fs.

782 (art. 51 RJN), el monto involucrado, la medida que se ordenó a fs. 749, los resultados obtenidos, que la aplicación estricta y llana de las tasas porcentuales de la ley de arancel sobre el valor del monto del juicio podrían arrojar valores que no se condicen con las tareas efectivamente cumplidas, y en virtud de que toda regulación de honorarios debe practicarse conforme a la importancia de la labor desplegada, con sujeción a los límites mínimos establecidos en la ley arancelaria (art. 13 de la ley 24.432 conf CSJN “Decavial SAICAC c/ Dirección Nacional de Vialidad s/ Revocatoria” del 19.08.99, Fallos: 322:1537), en atención a las facultades conferidas al Tribunal por el art. 38 L.O., los arts. 6, 7, 8, 19 y 40 de la ley 21.839 (modif. 24.432) y a las normas arancelarias de aplicación vigentes a la época de las tareas ponderadas a los fines regulatorios (cfr. arg. CSJN, in re “F.C. e Hijos Agropecuaria c/ Provincia de Buenos Aires s/daños y perjuicios”...

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