Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 2 de Febrero de 2023, expediente CAF 074485/2014/CA001 - CA002

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV -

Expte. Nº CAF 74485/2014 “LATOUR, SERGIO RENE Y OTROS c/ EN-M

SEGURIDAD- GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE

SEG”

Buenos Aires, de febrero de 2023. VRA

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, el 18/10/22, el señor juez de primera instancia aprobó la liquidación por la suma de $6.329.897,13 en concepto de intereses e intimó a la demandada a que, en el plazo de cinco (5) días, depositara las sumas adeudadas, de conformidad con lo estatuido en el precedente “M., de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

  2. ) Que, contra esta resolución, el 28/10/22, el Estado Nacional interpuso recurso de apelación, que fue concedido el 11/11/22 y contestado por sus contrarias el 15/11/22.

    Sostiene que resultan aplicables las disposiciones de los arts. 22 de la ley 23.982 y 170 de la ley 11.672, razón por la que el pago debe realizarse conforme el mecanismo establecido en tales disposiciones, es decir, mediante previsión presupuestaria para el ejercicio pertinente y siguiendo un estricto orden de antigüedad.

  3. ) Que, para una mayor claridad expositiva, resulta conveniente reseñar los antecedentes relevantes del caso:

    i) El 10/9/19, el señor juez de la anterior instancia aprobó la liquidación por la suma de $16.466.074,58 y requirió a la demandada que, en el plazo de diez (10) días, informase si había incluido la correspondiente partida presupuestaria.

    ii) El 2/2/21, la letrada de la parte actora solicitó liquidación complementaria, en vista a que a cuatro de los coactores se les habían liquidado haberes hasta mayo de 2016 (Santander, Caligaris, M. y G.) mientras que al resto se las habían confeccionado hasta mayo de 2018

    (Latour, A., B., G., L., M., R. y S..

    iii) El 17/11/21, la demandada informó el pago por la suma de $16.466.074,58.

    iv) El 31/8/22, la parte actora solicitó: a) liquidación complementaria por los periodos omitidos desde junio de 2016 (coactores Santander, Caligaris, M. y G. y desde junio de 2018 (Latour,

    Fecha de firma: 02/02/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA

    1

    Arenas, B., G., L., M., R. y S., hasta marzo de 2023 o su respectiva fecha de retiro; b) liquidación de intereses desde el 11/7/19 hasta el depósito de la demandada del 11/7/21.

    v) El 18/10/22, el juez aprobó la liquidación complementaria en concepto de intereses, e intimó a la demandada a que efectuara el pago en el plazo de cinco (5) días, decisión que motivó el recurso de apelación aquí en tratamiento.

  4. ) Que, el...

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