Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 24 de Mayo de 2016, expediente CAF 006519/2013/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentemario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAUSA N° 6.519/2013/CA1: “L., C.F. y otros c/ EN-

DNM y otro s/ empleo público”

JMM En Buenos Aires, a 24 de mayo de 2016, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso interpuesto en los autos caratulados: “L., C.F. y otros c/ EN- DNM y otro s/ empleo público”, contra la sentencia de fs. 726/734, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que, por sentencia de fs. 726/734, la señora jueza de la instancia anterior resolvió, entre otras cuestiones, hacer lugar, con costas, a la demanda iniciada por distintos inspectores, supervisores y delegados de Oficinas Migratorias y jefes de Sector de la Dirección de Movimiento Migratorio que identificó a fs. 733vta. contra la Dirección General de Migraciones (DNM), a fin de que se efectivizaran los incrementos salariales dispuestos por los decretos 680/06, 757/07, 883/08, 665/09 y 799/10 sobre las sumas remunerativas que percibían en concepto de adicional por los “servicios de inspección migratoria” (SIM).

    Para resolver el fondo de la cuestión, citó un precedente, a cuyos fundamentos y conclusiones se remitió por razones de brevedad (v.

    fs. 728vta., tercer párrafo). Asimismo, señaló que se encontraba acreditada la regularidad y habitualidad con que los actores percibían el adicional “servicio por inspección migratoria”, razón por la cual no cabía duda de su carácter remunerativo (fs. 730vta., primer párrafo).

    Finalmente, en relación con los decretos 680/06, 757/07, 883/08, 665/09 y 799/10, destacó que, en virtud de lo decidido en la sentencia que citó, correspondía que dichos incrementos se efectivizaran sobre el adicional en cuestión (v. fs. 733, segundo párrafo).

    Fecha de firma: 24/05/2016 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #11208561#154041862#20160524102245648 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentemario de la Declaración de la Independencia Nacional”

    CAUSA N° 6.519/2013/CA1: “L., C.F. y otros c/ EN-

    DNM y otro s/ empleo público”

    Consecuentemente, admitió la demanda y ordenó a la DNM que abonase a los actores las diferencias salariales resultantes a partir de la vigencia de cada decreto –en tanto y en cuanto no se encuentren alcanzados por la prescripción– “…incidiendo tales decretos asimismo en los rubros SAC y vacaciones…” (v. fs. 733, tercer párrafo)...

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