Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 21 de Mayo de 2020, expediente CCF 008569/2019/CA001

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2020
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

Causa nº 8569/2019 -S.I- “L., S. N. c/ SWISS MEDICAL SA

s/ AMPARO DE SALUD”

Juzgado nº: 4

Secretaría nº: 7

Buenos Aires, 21 de mayo de 2020.

Habilítese la feria extraordinaria a fin del dictado de sentencia en autos y de su ulterior notificación (conf. punto IV.3. del Anexo I de la Acordada 14/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto y fundado por la accionante a fs. 53/55, el que fue respondido por su contraria a fs. 57/62, contra la resolución de fs. 43/45; y CONSIDERANDO:

  1. La actora inició la presente acción de amparo, con medida cautelar, a fin de que Swiss Medical S.A le otorgue la cobertura total e integral (del 100%) de internación de tercer nivel con atención de enfermería, de psiquiatría y médica permanente en la institución “L.V., en donde se encuentra internada, como así también la medicación y pañales de acuerdo a la prescripción de su médica tratante (cfr. fs. 10/17).

    La Sra. Jueza decidió hacer lugar –

    parcialmente- a la medida cautelar solicitada por la amparista.

    Dispuso que la accionada le otogue la cobertura de internación del 100% a través de sus prestadores -o contratados- o en otra institución con el límite que establece el Nomenclador para Hogar Permanente de acuerdo a la categoría que acredite tener la institución “L.V.”

    y , para el caso de no estar inscripta, el previsto para la categoría C,

    con más el 35% por dependencia. También decidió que la accionada otorgara la cobertura integral de la medicación requerida vinculadas a Fecha de firma: 21/05/2020

    Alta en sistema: 26/05/2020

    Firmado por: GUSMAN-URIARTE-ANTELO, JUECES DE CÁMARA

    su discapacidad y 60 pañales descartables (nocturnos) por mes, hasta tanto se dicte sentencia definitiva (cfr. fs. 43/45).

  2. La actora solicitó la revocación –parcial-

    de lo decidido sobre la base de un único agravio. Aduce que no corresponde que la cobertura de internación haya sido otorgada con el límite que fija el Nomenclador del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral para Personas con Discapacidad, debería ser integral, del 100%. Agrega que correspondería que se haga lugar al reclamo de la medicación prescripta por el médico tratante y los 60

    pañales por día que requiere la amparista.

  3. Primeramente, resulta adecuado recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido, en repetidas oportunidades, que los jueces no están obligados a analizar todos los argumentos articulados por las partes o probanzas producidas en la causa, sino únicamente aquéllos que a su juicio resulten decisivos para la resolución de la contienda (Fallos 276:132,

    280:320, 303:2088, 304:819, 305:537, 307:1121).

  4. A fin de resolver la cuestión traída a conocimiento de este Tribunal, cabe destacar que no está discutida en el “sub lite” la condición de discapacitada de la amparista (cfr. copia del instrumento obrante a fs. 1), que tiene 76 años...

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