Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 16 de Febrero de 2018, expediente CAF 018399/2016/CA001

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 18399/2016 KRUGER, L.A. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de febrero de dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “K.L.A. y otros c/ EN- Mº SEGURIDAD – GN s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Juez de Cámara, Dr. J.F.A. dijo:

  1. Que a fojas 77/81vta, la jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y –en lo aquí interesa− condenó al Estado Nacional –Gendarmería Nacional– a incorporar con carácter remunerativo y bonificable los suplementos creado por los Decretos N° 1307/12 y sus modificatorios a los sueldos de los actores, desde que cada suma es debida. Impuso las costas en el orden causado.

  2. Que contra dicho pronunciamiento el Estado Nacional apeló a fs. 83 y fundó sus agravios a fs. 90/93vta, que fueron replicados por la parte actora a fs. 95/97.

    Se agravia de la sentencia recurrida por considerar que los suplementos creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorios, tienen alcance limitado, son de naturaleza particular, y responden al cumplimiento de una función específica, por lo que no pueden considerarse suplementos generales.

  3. Que tal como ha quedado planteada la litis, la cuestión a resolver se centra en determinar si los suplementos creados por los Decretos 1307/12 y sus modificatorios 246/13, 2140/13, 968/15 y 716/16 deben ser incluidos en el “haber mensual” de los actores con carácter remunerativo y bonificable.

    En ese sentido, cabe señalar que, por el artículo 2º del Decreto 1307/12 se crearon cuatro suplementos: “de responsabilidad por cargo, “por función intermedia”, “por cumplimiento de tareas específicas de seguridad” y “por mayor exigencias de servicio”. En lo que aquí interesa, se fijaron las sumas que cada agente cobraría en función de su cargo; se determinó el porcentaje de agentes por grado que recibiría cada uno de los suplementos, y se dispuso el carácter Fecha de firma: 16/02/2018 Alta en sistema: 19/02/2018 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #28193051#198815401#20180216104620195 remunerativo de los últimos suplementos “por...

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