Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 6 de Septiembre de 2011, expediente 45.899

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2011

Poder Judicial de la Nación Causa nro. 45.899 “K., J.L. s/nulidad allanamiento”.

Juzgado nro. 9 – Secretaría nro. 18

E.. nro.: 10.904/2010/11

Reg. nro.: 993

Buenos Aires, 6 de septiembre de 2011.

Y VISTOS,

Y CONSIDERANDO:

Que en virtud del recurso de apelación interpuesto por José

Luis Kovach, con el patrocinio letrado de su abogado particular, el Tribunal debe revisar la resolución de fojas 8/9 de este incidente, por medio de la cual,

el señor juez de primera instancia dispuso rechazar el planteo de nulidad por el que solicitó se declarara la invalidez del segundo allanamiento efectuado a la USO OFICIAL

Farmacia denominada “M.C.”, sita en Av. Independencia 1460 de esta ciudad.

Como fundamento de su agravio expresó que el registro se llevó a cabo sin haber garantizado las normas del debido proceso, violando garantías constitucionales, puesto que se prescindió de la presencia de algún veedor de la ANMAT, en contravención a las exigencias constitucionales y legales. Sustentó su posición con los antecedentes de la propia causa en tanto dan cuenta de que en el primer allanamiento efectuado en el local se contó con presencia de la ANMAT.

Corrida la correspondiente vista al representante del Ministerio Público Fiscal, este se pronunció a favor de su rechazo, con razón en que la orden jurisdiccional en cuestión fue emitida y cumplida con las formalidades previstas por los artículos 224, 226 y 228 del Código Procesal Penal de la Nación, únicas exigencias previstas por la ley bajo pena de nulidad, de conformidad con la regla general del artículo 166 del mismo código. En efecto, fue dictada por auto fundado, por la autoridad competente,

se dio debido aviso de ella al habitante o poseedor del lugar, y se consignó en el acta su resultado, la cual fue firmada por sus concurrentes.

El magistrado, a su turno, añadió que el registro en cuestión tuvo por objeto el secuestro de un libro recetario que había sido compulsado e identificado por personal del I.Na.Me. en el marco del primer allanamiento a la farmacia, y con el único fin de preservarlo como medio de prueba.

En la oportunidad prevista por el artículo 454 del código citado, la parte reeditó los agravios expresados al momento de apelar.

Pues bien, así planteado el caso los suscriptos coincidimos con el agente fiscal y el magistrado instructor. El recurrente abunda con referencias a normativa legal o constitucional que impondría la obligación a la que alude, mas sin identificar esas normas.

Ninguna...

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