JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61

Fecha de publicación11 Agosto 2021
SecciónSociedades, CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
EmisorJUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61


El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 31, a cargo de la Dra. Vivian Fernández Garello, Secretaría Nº 61, a cargo de la Dra. Aimara Di Nardo, sito en Montevideo 546, piso 7°, C.A.B.A., comunica por cinco días en los autos “PRINTERRA S.R.L. S/QUIEBRA” (EXPE Nº28714/2018), que con fecha 14 DE JULIO DE 2021 se decretó la quiebra de PRINTERRA S.R.L., inscripta en la IGJ el 19/09/2013 bajo n° 9813 Libro 141 Tomo de Sociedades De Responsabilidad Limitada con domicilio social sito en Santa Elena 938, C.A.B.A..(v. fs. 115/124), CUIT 30714238600.Los acreedores deberán concurrir a verificar hasta el día 08 de octubre de 2021 (art. 32 LCQ) ante el Síndico CARLOS GUSTAVO KNEES. De acuerdo a lo dispuesto por la C.S.J.N. en la Ac. 31/20: a. El pretenso acreedor no deberá aportar los dos juegos de copias en papel, debiendo enviar las copias de manera digital en formato PDF a la dirección de correo electrónico: gustavok7@yahoo.com.ar poniendo en el asunto el nombre de la quiebra. En el escrito de presentación, el pretenso acreedor deberá consignar claramente: *Nombre y apellido; *Domicilio real y constituido; *Domicilio electrónico (si lo tuviere); *Teléfono; *Correo electrónico; *CBU de la cuenta bancaria donde se le deberían depositar las posibles distribuciones de fondos; *Todo otro dato útil que permita la comunicación con el acreedor. Los archivos se transferirán en formato PDF y conforme lo estipula el protocolo de actuación de la Acordada nº 31/2020 de la CSJN para los escritos judiciales que se aplica por analogía para la presentación tempestiva de créditos. El pago del arancel, en el caso de corresponder, deberá efectuarse mediante transferencia electrónica a la Caja de Ahorro N° 000400500050325140 CBU n° 0290005610000503251407, a nombre de Carlos Gustavo Knees cuit 20113617633.El plazo para formular impugnaciones y observaciones ante el síndico vence el día 25 de octubre de 2021 las que podrán ser contestadas hasta el día 08 de noviembre de 2021. A los efectos del art. 34 de la LCQ, para el caso que alguno de los pretensos acreedores o la fallida requieran ver los legajos de otros acreedores con la finalidad de efectuar...

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