JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO ($ 33 363037 Ag. 2 Ag. 6)

Fecha06 Enero 2018
Número de registro363037
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Familia, Distrito Judicial Nº 12 de la ciudad de San Lorenzo, a cargo det Dr. Escola (Juez) y Dra. Muchiutti (Secretaría), dentro de los autos caratulados: CARDILLO, LORENA IVANA c/SANTELLAN, ARIEL HUMBERTO s/Divorcio Vincular, Expte. Nº 10/18, se ha ordenado lo siguiente: “San Lorenzo, 01/02/18. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y con el debido patrocinio letrado. Dése la participación que por derecho corresponde. Por interpuesta petición de divorcio. Téngase presente lo expuesto respecto de los efectos del divorcio. De la petición de divorcio: Traslado. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial y copia de la demanda. Hágase saber a las partes que ante la falta de contestación a la propuesta efectuada, las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio deberán ser articuladas por separado y por el trámite correspondiente, previo cumplimiento de la Ley 13.151. De no ser hallado el requerido domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado...

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