Jurisprudencia Bonaerense

AutorFernando Amosa
CargoAbogado, docente del IPAP (Instituto Provincial de la Administración Pública) y asistente jurídico del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires
Páginas427-448
COMENTARIO A JURISPRUDENCIA | 427
Jurisprudencia Bonaerense
Fernando Amosa
1
| Universidad Nacional de La Plata
Revista Derechos en Acción
Año 3/Nº 9 Primavera 2018, 427-448
DOI: https://doi.org/10.24215/25251678e230
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-2706-1650
1. TRIBUNALES INFERIORES
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Adminis-
trativo con asiento en La Plata.
“Martínez, Gustavo Federico José c. Fisco de la Provincia de
Buenos Aires s/ pretensión cesación vía de hecho adminis-
trativa 13/03/2018”.
Voces: Empleo Público -Vías de hecho- Acto Administrativo.
Sumarios:
El juez hizo parcialmente lugar a la pretensión de cese
de vía de hecho administrativa interpuesta por la parte actora
y ordenó a la Cámara de Senadores a restablecer al actor en su
cargo hasta tanto le resulte notif‌icado del decreto que dispuso
su cese. Ante ello La Fiscalía de Estado de la Provincia de Bue-
nos Aires interpuso recurso de apelación. La Cámara revocó la
sentencia atacada y declara abstracta la controversia.
La pretensión de cese de vía administrativo con res-
pecto al cese en el cargo del actor debe rechazarse, toda vez
que la cuestión devino abstracta, ya que la accionada cuenta
con un decreto que sirve de sustento jurídico administrativo,
y, el conocimien to del acto mencionado impide tener por
conf‌igurada la vía de hecho administrativa que se atribuye al
comportamien to de la Cámara de Senadores, entendida como
1 Abogado, docente del IPAP (Instituto Provincial de la Administración Pública) y asistente
jurídico del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.
428 | COMENTARIO A JURISPRUDENCIA
REDEA. DERECHOS EN ACCIÓN
| Año 3 N° 9 | Primavera 2018
una operación material, sin respaldo jurídico y violatoria del
derecho de defensa del actor; aun cuando al inicio de la pre-
sente acción el accionante desconociera su existencia.
Extractos del decisorio:
“La pretensión de cese de vía administrativo con res-
pecto al cese en el cargo del actor debe rechazarse, toda vez
que la cuestión devino abstracta, ya que la accionada cuenta
con un decreto que sirve de sustento jurídico administrativo,
y, el conocimien to del acto mencionado impide tener por con-
f‌igurada la vía de hecho administrativa que se atribuye al
comportamien to de la Cámara de Senadores, entendida como
una operación material, sin respaldo jurídico y violatoria del
derecho de defensa del actor; ello aun cuando al inicio de la
presente acción el accionante desconociera su existencia”.
“Contra la sentencia que hace lugar a parcialmente a
la pretensión de cese de vías de hecho interpuesta por la parte
actora (fs. 55/62) se alza la Fiscalía de Estado e interpone
recurso de apelación.”
“Mediante la sentencia dictada en primera instancia el
juez a quo resuelve hacer lugar parcialmente a la pretensión
de cese de vía de hecho administrativa deducida por Gustavo
Federico José Martínez, ordenando a la Cámara de Senadores
de la Provincia de Buenos Aires restablecer al actor en el cargo
en el que se desempeñaba.”
“…la vía de hecho denunciada por la actora constituía
una cuestión abstracta al momento del dictado de la senten-
cia de primera instancia…”.
“…se encuentra acreditado que el obrar administrativo
—cese laboral del Sr. Martínez— cuenta con sustento jurídico
en el acto administrativo que fue acompañado por la Fiscalía
de Estado en oportunidad de contestar demanda, cual es, el
decreto Nº1023/2016…”.
“El conocimien to del acto mencionado impide tener por
conf‌igurada en esta litis la vía de hecho administrativa que

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