JUICIOS VARIOS / MONTAÑEZ VICTOR ALFONSO OTRO S/ ABUSO SEXUAL VICT. AK.C. Y OTRA de
Fecha de Entrada en Vigor | 13 de Febrero de 2019 |
Número de Boletín | 29432 |
Fecha de Publicación | 12 de Febrero de 2019 |
Número de documento | 221545 |
PODER JUDICIAL
Centro Judicial Capital
Juzgado Instruccion II
Resolucion /2018
Causa: MONTAÑEZ VICTOR ALFONSO OTRO s/ ABUSO SEXUAL VICT. AK.C. y OTRA 52099/2018.
San Miguel de Tucumán, 31 de Octubre de 2018.- y
Visto:
El estado de las presentes actuaciones, haciendo expresa de reserva de competencia para el entendimiento de la presente causa y,
Considerando:
Que a fs. 23 el Sr. Fiscal en lo Criminal de la I° Nominación, requiere la medida cautelar que disponga la Restricción de Acercamiento y Prohibición de Turbación y actos de Intimidación Directos o Indirectos en contra de Victor Alfonso Montañez.-
Que analizadas las constancias de autos a los fines de lo impetrado por el Ministerio Público, surge de las mismas, en particular: Acta de presentación por denuncia a fs. 01/03 de autos; Declaración testimonial obrante a fs. 11 y 13 de autos; la posible existencia de amenazas y hechos de violencia que pueden repetirse, estimo que se encuentra en riesgo la integridad física y psíquica de la denunciante.-
Que conforme los elementos examinados, y en virtud de las disposiciones previstas en los Arts. 305 y 96 Inc 5° del C.P.P, en los que se hace referencia a que la investigación penal preparatoria deberá impedir que el delito cometido produzca consecuencias ulteriores, y a la protección de la seguridad de la victima; y fundadamente se puede presumir que, constatados los actos de violencia por parte del encartado en autos Victor Alfonso Montañez, los mismos se pueden repetir encontrándose en riesgo la integridad física y psíquica de las víctimas menores de edad K.C.A, y AR.A, con domicilio en calle Malavia N°2429 de esta ciudad capital; la menor M.AR., con domicilio calle Lavaisse N°2133 de esta ciudad capital; la menor S.A.S, domiciliada en Pasaje Colón N°1954 de esta ciudad capital, y las menores M.T. Y Y.T., domiciliadas en Pasaje Virrey Vieytes y Próspero Mena de esta ciudad capital, corresponde ordenar la Prohibición de Acercamiento, en un radio de 200 metros, del denunciado Victor Alfonso Montañez, a las victimas en autos y al domicilio anteriormente mencionado por el Sr. Fiscal, como así también, realizar cualquier acto de turbación, perturbación y/o intimidación directa o indirecta a la misma. Debiendo el personal policial tomar todos los recaudos pertinentes a fin de dar estricto cumplimiento con lo dispuesto precedentemente a los efectos de...
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