Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 17 de Abril de 2017, expediente CNT 062665/2013/CA001

Fecha de Resolución17 de Abril de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X 62665/2013 J.D.I. c/ VILLALBA PEREIRA, C. s/DESPIDOC., 17 de abril de 2017.- FMT El Dr. GREGORIO CORACH dijo:

  1. Llegan los autos a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios vertidos por la parte demandada contra la sentencia dictada a fs. 98/99 a mérito del memorial obrante a fs. 100/103 replicado a fs. 108.

  2. La demandada cuestiona el fallo de grado en tanto el mismo consideró

    demostrado el registro deficiente de la relación laboral.

    Analizados los términos del memorial a la luz de las constancias que exhibe la causa, anticipo que no le asiste razón en la protesta.

    Ello así pues la conclusión de la magistrada que me ha precedido de considerar probada la fecha de ingreso denunciada en el inicio mediante la prueba testimonial aportada a la causa (ver declaraciones de fs. 75 y 76) no ha sido rebatida por la recurrente de un modo que permita apartarse de lo decidido (art. 116 de la L.O.).

    Es que el valor y fuerza probatoria de un testimonio depende de que su análisis integral, realizado conforme los principios de la sana crítica, autorice a formar convicción sobre los hechos que interesan al proceso y que, a mi juicio, los testimonios en los que la sentenciante basara su decisión lucen categóricos y convictivos en el extremo en cuestión Fecha de firma: 17/04/2017 Alta en sistema: 15/05/2017 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA #19852005#176354762#20170417112401848 (conf. art. 90 LO y 386 CPCCN). Obsérvese que los testimonios brindados por los testigos propuestos por la parte actora coinciden al señalar que J. comenzó a trabajar para el demandado en Abril del 2012.

    Asimismo no se advierten elementos que me lleven a afirmar que los testigos faltaron a la verdad o que sus dichos estuvieron condicionados por un especial interés en beneficiar a la actora.

    En el marco precitado, las genéricas manifestaciones articuladas por la accionada en el memorial recursivo relativo a la prueba testimonial referenciada no resultan válidas a los fines de restarle entidad suasoria. (art. 116 L.O.).

    Por ello, teniendo en cuenta la imprecisión de quienes comparecieron a declarar por la accionada a la hora de precisar la fecha de ingreso de la actora, a mi juicio, impide otorgarle valor probatorio a dichos testimonios como para desvirtuar lo afirmado por C.M.V. (empleada del demandado) y G.I.S. (cliente de la panadería) (conf. art 90 LO y 386...

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