Jarse Industrial y Comercial S.A.

Fecha de disposición25 Enero 2008
Fecha de publicación25 Enero 2008
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31331

Escribana Natalia Suárez Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 22/1/ 2008. Número: 080122036056/8. Matrícula Profesional N°: 4638.

e. 25/01/2008 N° 74.416 v. 25/01/2008 INURBAN SOCIEDAD ANONIMA Se hace saber por un día el siguiente edicto:

Por resoluciones: 1) de Asamblea extraordinaria de Accionistas del 24 de noviembre de 2006 se modifico el Articulo Tercero y séptimo de la sociedad de acuerdo a la siguiente redacción: ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a la compra y venta de bienes inmuebles, urbanos o rurales y loteos, pudiendo tambien someter inmuebles al regimen de propiedad horizontal, al arrendamiento, la locación y administración de locales de toda indole por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, la explotación comercial, comprendiendo la explotación de negocios de todo objeto comercial, industrial y de otros destinos admitidos por la reglamentación vigente. A la prestacion por cuenta propia y/o de terceros o asociada con terceros de servicios mediante el alquiler o arrendamiento de equipos o maquinas con o sin personal especializado y/o la implementacion de elementos de sistemas y asesoramiento general sobre todo lo atinente a la informática, video y audio. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar toda clase de actos jurídicos que directa o indirectamente se vinculen con el objeto social. Podrá importar y exportar. ARTICULO SÉPTIMO: La Dirección y administración de la sociedad estara a cargo del Directorio el cual debera estar integrado por dos o cuatro directores según lo decida la asamblea. Para el caso que la asamblea determine que la integración del Directorio se realice con dos directores titulares solamente, el procedimiento de su elección será el siguiente: a) las acciones clase A tendrán derecho a elegir un Director que será el que ejercera el cargo de Presidente. b) las acciones clase B tendran derecho a elegir un director titular que sera el que ejercera el cargo de Vicepresidente.

Cuando el Directorio se constituya con cuatro Directores Titulares, su integración se realizara de la siguiente manera: a) Las acciones de la clase A designaran dos Directores titulares uno de los cuales ejercera el cargo de Presidente. b) Las acciones de la clase B designaran dos Directores titulares uno de los cuales ejercera el cargo de Vicepresidente. La asamblea podrá elegir igual numero de Directores suplentes respetando el mismo procedimiento establecido para la elección de directores titulares indicándose a que director titular reemplaza cada uno de ellos. Mientras la sociedad prescinda de la Sindicatura la designación de suplentes sera obligatoria hasta cumplir con los minimos legales. El termino del mandato de los Directores es de tres ejercicios. El Directorio sesionara con la mitad mas uno de sus integrantes y resuelve por mayoria de los presentes. El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluso aquellas para las cuales las normas legales requieren poderes especiales conforme lo dispuesto en el articulo 1881 del Codigo Civil y Titulo X del libro II del Codigo de Comercio...

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