Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 26 de Octubre de 2012, expediente 63.393

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2012

SALA "A"

REGISTRADO BAJO EL

N° ·1-11 FOLlO

CONTRABANDO DE DIVISAS

CAUSA N° 63.393, FOLIO 196, N° DE ORDEN 28.051, JUZGADO PENAL

ECONÓMICO N° 1, SECRETARÍA N° 1, SALA "A"

mn (mb)

Illnos Aires, 'lb de octubre de 2012.

VISTOS:

El recurso de casación interpuesto por el F. General contra la resolución de este tribunal que confirmó el sobreseimiento de M.L.J.V..

y CONSIDERANDO:

Que la resolución cuestionada es de aquellas que hacen imposible la continuación de las actuaciones (artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación .

.J

«

- Que la afirmación de que se habría aplicado erróneamente la ley (,)

sustantiva (artículo 456, inciso 10, del código citado), constituye un u.

o cuestionamiento susceptible de ser revisado en casación.

o en Por lo que SE

RESUELVE:

CONCEDER el recurso de casación :)

interpuesto a fs.187/191 debiéndose remitir la causa a la Cámara Federal de Casación Penal, HACIENDO SABER al recurrente que deberá mantener dicho recurso ante la alzada en el término de tres días a contar desde que las actuaciones tengan entrada en aquella.

R., notifiquese y elévese en la forma de estilo.

Se deja constancia que firman únicamente los suscriptos por encontrarse en uso de licencia el Dr. Bonzón y conforme lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR