Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 6 de Agosto de 2019, expediente CCF 004498/2014/CA003

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 4498/2014/CA3 “ISP Instalaciones Servicios y Proyectos S.A. c/ Integración Energética Argentina S.A.

s/cobro se sumas de dinero” Juzgado n° 10 Secretaria n° 19 Buenos Aires, 6 de agosto de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Los recursos presentados a fs. 176/178 y fs. 185, contra los honorarios regulados a fs. 158; el primero, por los doctores A.G. (h) y A.G., por considerarlos bajos; y, el segundo, por la demandada, por estimarlos elevados.

Esta S. tiene establecido que en los trabajos profesionales el derecho se constituye en la oportunidad en que se los realiza, más allá de la época en que se practique la regulación (conf. CSJN, in re “F.C. e Hijos Agropecuaria c/ Buenos Aires, provincia de”, del 12-9-96, esta S., causa 5560/94 del 8-7-87); ello sentado, teniendo en cuenta las pautas establecidas en la ley 21.839 con las modificaciones introducidas por la ley 24.432, esto es, el mérito, la eficacia y extensión de los trabajos realizados, las etapas cumplidas –se declaró la causa de puro derecho a fs. 113-, el carácter invocado y el monto por el que prospera la demanda –

ver liquidación aprobada a fs. 157 por $475.987,95-, se confirman los honorarios regulados a los doctores A.G. (h) ($ 9.550) y A.G. ($23.800) (arts. 6, 7, 9, 19, 33, 37 y 38 de la ley 21.839).

Por las tareas desarrolladas en esta alzada y de acuerdo al resultado obtenido, se establecen los honorarios a los doctores A.G. (h) y A.G. en las sumas Fecha de firma: 06/08/2019 Alta en sistema: 07/08/2019 Firmado por: RECONDO - MEDINA, #23887274#240572382#20190807093456048 de $ 2.905 (1,4 UMA) y $7.138 (3,44 UMA) (CSJN ac. 8/2019, art. 30 de la ley 27.423).

El doctor A. no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 el RPJN)

Regístrese, notifíquese, publíquese y devuélvase.

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