Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 11 de Octubre de 2017, expediente CNT 081233/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 81233/2016 - IOFRIDA, F.J. c/ EXPERTA ART S.A. s/EJECUCION DE HONORARIOS Buenos Aires, 11 de octubre de 2017.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora (letrado en causa propia) a fs. 55 por estimar reducidos los honorarios regulados a fs. 54 por las tareas de ejecución.

Y CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos, atendiendo a la importancia, complejidad, mérito, extensión, calidad de las tareas llevadas a cabo y lo normado por los arts. 6, 7, 8, 9, 40 y ss. de la ley 21.839 (cf. ley 24.432) y por el art. 38 de la L.O., los honorarios regulados a la parte actora )letrado en causa propia) a fs.

54 por los trabajos de ejecución no lucen reducidos, razón por la cual corresponde su confirmación en cuanto fueron objeto de recurso.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

Confirmar los honorarios regulados a fs. 54 en cuanto fueron objeto de recurso.

R., notifíquese y oportunamente devuélvase.

R.C.P.M.S.F. JUEZ DE CAMARA JUEZ DE CAMARA Ante mí:

F...

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