Proceso Informático Automatizado de Verificación (PIAV)

Bs. As., 15/9/2008

Publicación en B.O.: 04/11/2008

VISTO el Expediente Nº 1.281.735/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 25.877, la Resolución Conjunta M.T.E. y S.S. Nº 440/05 y General A.F.I.P. Nº 1887/05 de fecha 2 de junio de 2006, y la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 655/05 de fecha 19 de agosto de 2005 y sus modificatorias,

y CONSIDERANDO:

Que los artículos 36 y 37 de la Ley citada en el Visto otorgan al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.), en forma concurrente con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.), organismo autárquico dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, facultades para verificar, fiscalizar y sancionar en todo el territorio nacional el incumplimiento por parte de los empleadores de la obligación de declarar e ingresar aportes y contribuciones al Sistema Unico de la Seguridad Social.

Que en cumplimiento de tales previsiones se dictó la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 655/05 por la que se estableció el procedimiento de comprobación y juzgamiento de infracciones, derivadas de la implementación del Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT) que ejecuta la Dirección Nacional de Fiscalización (D.N.F.).

Que asimismo, con el objeto de que el registro de empleadores y trabajadores se cumpla en un solo acto y a través de un único trámite, el artículo 39 de la Ley citada en el Visto previó la creación de un sistema de simplificación y unificación en materia de registración laboral y de la seguridad social.

Que en relación a dicha previsión legal se dictó la Resolución Conjunta M.T.E. y S.S. Nº 440/05 y General A.F.I.P. Nº 1887/05, de la cual derivó la implementación del sistema informático de registración, actualmente denominado "MI SIMPLIFICACION".

Que esta Secretaría tiene la responsabilidad del monitoreo del Programa Mi Simplificación y para optimizar su cumplimiento ha dispuesto que esa actividad se realice por intermedio de la DIRECCION DE REGULACIONES DEL TRABAJO (D.R.T.) y a tal efecto se le delegaron las facultades pertinentes. Que en tal sentido por nota de fecha 3 de noviembre de 2006, cuya copia fiel obra fs. 16/18 de las presentes, esta Secretaría definió tareas y responsabilidades para la administración de los datos provenientes de la base del Programa Mi Simplificación en lo atinente a la recepción de la base maestro (histórico), las actualizaciones periódicas, el diseño de estructuras de base de datos SQL, los procesos de importación y actualización, el resguardo de información, el procesamiento de la información y los accesos y consultas al servidor SQL.

Que por otra parte según consta en el Anexo II del Acta de Reunión Nº 3 de coordinación de fiscalización, obrante a fs. 22/27, celebrada entre la ADMINISTRACION GENERAL DE INGRESOS PUBLICOS...

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