Acuerdo incorporado a CCT 260/75. Inoponibilidad a empresas no afiliadas a entidad empresarial

AutorEquipo Federal del Trabajo

"Libermet SRL y otros c/ Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina y otro s/ accion declarativa” –CNTRAB– 23/12/2008

“Lo que establece el Art. 4 de la ley 14.250 es la obligatoriedad de las normas originadas en las convenciones colectivas de trabajo (debidamente homologadas) en cuanto a que regirán “…respecto de todos los trabajadores de la actividad o de la categoría dentro del ámbito a que estas convenciones se refieran…”, tópico que no se identifica con el que está en tela de juicio en estos actuados, y relativo como se vio, a una contribución que estaría en cabeza de las empresas metalúrgicas (afiliadas o no a la asociación empresaria ya indicada) y que va destinada a la cámara empresarial.”

“Comparto los fundamentos vertidos en el voto del Dr. Scotti en el caso “Fabutor S.A. c/ Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA)” [elDial - ALCBE], sentencia de fecha 19-4-2005, publicada en La Ley, viernes 19 de agosto de 2005, Pág. 5, y cuyas partes fundamentales -que considero plenamente aplicables al caso de autos por tratarse de presupuestos de hecho similares- paso a reseñar. “Si no existe ley que permita establecer aportes obligatorios en favor de entidades empresariales, si no...

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