Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 7 de Diciembre de 2017, expediente FMZ 000116/2017/6/CA003

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - MESA DE ENTRADAS CAMARA FMZ 116/2017/6/CA3 Acta audiencia art. 454 C.P.P.N.

Expediente Nº FMZ 116/2017/6, caratulado: “Incidente de Prisión Domiciliaria de V.R., M.D.V.”.

En la ciudad de Mendoza, a siete días del mes de diciembre de dos mil diecisiete, siendo las doce cuarenta y cinco horas, a los efectos de celebrar la audiencia fijada en las presentes actuaciones, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, los Sres. Vocales de la Sala “B”, D.. A.R.P., G.E.C. de D. y O.P.A., con la presencia del Sr. Secretario Dr. N.A.B.. Por el Ministerio Público de la Defensa asisten el Sr. Defensor Oficial, D.A.A. y la Defensora Oficial Dra. V.R. (por M. delV.V.

y el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Dr. D.M.V. quien se encuentra acompañado por la Sra. P.S.. Acto seguido, el Sr. Vocal que preside el Tribunal, Dr. A.R.P. le da el uso de la palabra a la parte recurrente, la Dra. Romano manteniendo el recurso de apelación contra la negativa del juez de grado de conceder la prisión domiciliaria de su asistida. Comienza su discurso indicando que la nombrada es mamá de cinco, cuatro de ellos menores de edad. P. (19) tiene dos hijos menores y se desempeña como empleada de servicio doméstico y no convive con su progenitora. L., es un niño con pocos recursos, no está escolarizado y se desempeña como obrero rural, con un magro ingreso de aproximadamente ocho mil pesos ($ 8.000), lo cual lo coloca bajo la línea de pobreza y es quien se hace cargo del mantenimiento del núcleo familiar; por su parte G. (de 17 años) es quien lleva a cabo la organización de la familia (compras, vestimentas, traslado de sus hermanos pequeños a la escuela), no obstante se encuentra en un estado de vulnerabilidad física y psíquica por padecer un comprobado estado de poli-adicción); mientras que los niños de 12 y 9 años, se encuentran escolarizados pero han sufrido traumas evidentes por la situación que vienen vivenciando a partir del violento allanamiento del domicilio. Agrega la declarante que el progenitor de los menores se encuentra ausente del domicilio y de sus pequeños, teniendo un contacto prácticamente nulo con éstos. Alega, asimismo, que dada la situación de carencia de medios económicos que les permita sustentar el viaje desde su domicilio ubicado en el Departamento de San Carlos, como también por carecer de documentación personal, los pequeños no pueden visitar a su mamá en...

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