Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 30 de Agosto de 2019, expediente FMZ 055017648/2011/21/CA005
Fecha de Resolución | 30 de Agosto de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 55017648/2011/21/CA5 Mendoza, 30 de agosto de 2019.
VISTOS:
Los presentes autos Nº FMZ 55017648/2011/21/CA5 caratulados
Incidente de Nulidad en autos CLAVIJO, ERNESTO p/ Estafa.
Asociación Ilícita
, venidos a esta S. “A” en virtud del recurso de apelación
impetrado por la defensa a fs. 26/31, contra la resolución obrante a fs. 18/24,
por la que se dispuso no hacer lugar al planteo de nulidad respecto del
requerimiento de elevación a juicio.
Y CONSIDERANDO:
-
A fs. 26/31 interpone formalmente recurso de apelación la
defensa de E.C., el que informa a fs. 37/45 vta., contra la
resolución obrante a fs. 18/24, por la que se dispuso no hacer lugar al planteo
de nulidad respecto del requerimiento de elevación a juicio.
Alega que el J. a quo ha omitido el tratamiento concreto del
razonamiento planteado por la defensa en oportunidad de formular oposición a
la elevación a juicio, fundado en la nulidad de la requisitoria Q..
Sostiene que su defendido de ninguna manera pudo realizar la
maniobra descripta.
Que no han sido consideradas las objeciones concretas
denunciadas por la defensa como justificación a la oposición nulificante
oportunamente impetrada contra la requisitoria de elevación a juicio emanada
de la querellante.
Consecuencia de la inexacta interpretación del planteo defensivo,
se omiten tratar las verdaderas consideraciones que fundan la pretensión
nulificante, irregularidad que violenta el derecho de defensa en juicio que
asiste a su pupilo y acredita la admisibilidad del presente remedio recursivo,
sin perjuicio del informe pormenorizado que será detallado en su oportunidad
procesal.
Fecha de firma: 30/08/2019 Alta en sistema: 17/09/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., J. de Cámara Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #33040917#242945058#20190829134402413 Que el relato contenido en la pieza atacada no satisface la
exigencia del art. 347 del C.P.P.N. en relación a su defendido.
Destaca que el perjuicio concreto se traduce en la imposibilidad de
su parte de poder rebatir la imputación que se realiza, toda vez que, no han
sido individualizados los hechos en que se funda.
Por todo lo expuesto, solicita se haga lugar a la nulidad articulada.
-
A fs. 46/47 presenta informe el Representante del Ministerio
Público Fiscal, donde solicita el rechazo del recurso interpuesto, por los
motivos que expone a...
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