Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2, 20 de Agosto de 2021, expediente FSM 037313/2016/97/CA008

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2

Causa n° 8640 - FSM 37313/2016/97/CA8

Incidente Nº 97 - IMPUTADO: B., A.N. s/INCIDENTE DE NULIDAD

Reg. int. n° 10.125.-

S.M., 20 de agosto de 2021.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega a conocimiento del Tribunal este incidente, en virtud del recurso de apelación interpuesto por A.N.B., con asistencia de su letrado particular,

    contra la resolución de la iudex-a-quo que rechaza el planteo de nulidad efectuado respecto la declaración indagatoria prestada por el nombrado ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de S.M.,

    el 23 de octubre de 2017, en el marco de los autos principales (Fs. 35/36, 37/42 y 43, punto I, siempre de las actuaciones en soporte papel).

    La parte argumenta que, el 17 de abril de 2017,

    1. debió declarar testimonialmente en el sumario administrativo N° 6179/2016 tramitado por la Universidad Nacional de S.M., donde se le recibió juramento de decir la verdad y formuló manifestaciones en vinculación a los mismos hechos que son objeto de pesquisa en esta causa penal (Fs. 1/2). Aduce el recurrente que, en consecuencia,

    ... el juramento prestado en el contexto de un sumario administrativo sobre el mismo asunto... se encontraba absolutamente en pie...

    y “vigente” al comparecer para indagatoria en sede judicial. A criterio del nombrado,

    ello vulnera la garantía constitucional que veda la posibilidad de obligar al imputado a declarar contra sí

    mismo y acarrea la nulidad de su indagatoria en este proceso (Fs. 17/28, párrafos pertinentes y 37/42, punto II, apartado “A”).

    Fecha de firma: 20/08/2021

    Alta en sistema: 23/08/2021

    Firmado por: L.C.R.B., P. de Cámara 1

  2. En la instancia, el fiscal general no formula adhesión (Fs. 53); en tanto que, la defensa,

    sostiene la impugnación en ocasión de la audiencia oral realizada al efecto, mediante videoconferencia (Art. 454,

    CPPN; Fs. 55Vta./56Vta., 58/Vta. y 66).

  3. Ahora bien, es necesario señalar que, en el escrito recursivo, el encausado también se agravia de la denegatoria a sus pedidos de separación de procesos y sobreseimiento, aspectos sobre los cuales insiste en ocasión de la audiencia oral (Art. 454, CPPN). Sin embargo, ello fue oportunamente contestado por el juzgado y rechazada la apelación en los autos principales; por lo que, estos últimos cuestionamientos, no son objeto de revisión en la presente incidencia (ver Fs. 29/Vta., punto II, 30, 43...

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