Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 12 de Mayo de 2020, expediente CPE 000974/2016/9/CA004

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación Incidente de nulidad en causa N° CPE 974/2016, caratulada: “ORLEIX S.A. SOBRE INFRACCIÓN

LEY 24.769”. J.N.P.E. N° 7, Secretaría N° 13. Causa Nº CPE 974/2016/9/CA4, Orden Nº 29.690.

SALA “B”.

Buenos Aires, de mayo de 2.020.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de S.B.S a fs.

60/62 vta. del presente incidente contra la resolución de fs. 51/53 de este incidente, por la cual se dispuso no hacer lugar al planteo de nulidad efectuado por el escrito obrante en copia a fs. 31/35 vta. del presente.

Los memoriales presentados por la querella y por la defensa de S.B.S a fs. 76/77 vta. y 79/81, respectivamente, del presente incidente, en la oportunidad procesal prevista por el art. 454 del C.P.P.N.

El punto I.1 del acta Nº 3944 de superintendencia de esta Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico por el cual se dispuso habilitar la feria judicial extraordinaria para resolver en las causas radicadas en las Salas del Tribunal.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el recurso de apelación interpuesto, la defensa de S.B.S estimó que tanto el requerimiento fiscal de elevación de la causa a juicio como el requerimiento de elevación efectuado en el mismo sentido por la querella no cumplen con los requisitos exigidos por el art. 347 del C.P.P.N., en tanto no contendrían una “relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos…” ni “…una exposición sucinta de los motivos en que se funda” y que “…se trata de requerimientos incompletos que no llegan a demostrar fundadamente sus motivos para requerir la elevación a juicio del expediente”.

    Por el recurso de apelación interpuesto, asimismo, se planteó que los argumentos vinculados a la cuestión de fondo expresados por el escrito obrante en copia a fs. 39/43 vta. no se expresaron como sustento del planteo de nulidad efectuado sino en el contexto de la oposición a la elevación de la causa a juicio, y que no es ajustada a derecho la imposición de costas al recurrente.

    Fecha de firma: 12/05/2020

    Alta en sistema: 13/05/2020

    Firmado por: V.M.D., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación 2°) Que, el señor juez a cargo del juzgado de la instancia anterior dictó, en los autos principales, un auto de procesamiento, sin prisión preventiva,

    respecto de S.B.S por considerarlo “prima facie” coautor del delito tipificado por el art. 9 de la ley 24.769 en orden a la presunta apropiación indebida de Recursos de la Seguridad Social retenidos a los empleados de ORLEIX S.A.,

    correspondientes al período fiscal 12/2015. Este Tribunal, por el pronunciamiento del registro CPE 974/2016/7/CA2, res. del 15/07/2019, Reg.

    Interno N° 491/19, confirmó aquella decisión.

  2. ) Que, por el art. 347 último párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación, se prescribe: “...el requerimiento de elevación a juicio deberá

    contener, bajo pena de nulidad, los datos personales del imputado; una relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos, su calificación legal y una exposición sucinta de los motivos en que se funda...”.

  3. ) Que, por el apartado II del requerimiento fiscal de elevación de la causa a juicio obrante en copia a fs. 10/29 vta. del...

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