Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 19 de Septiembre de 2019, expediente FSA 007493/2015/9/CA003

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 7493/2015/9/CA3 ta, 25 de septiembre de 2019.

Y VISTA:

Esta causa Nº FSA 7493/2015/9/CA3 caratulada “INCIDENTE DE EXCARCELACION DE CULCUY, J.O.P.I. A LA LEY 23.737”, originaria del Juzgado Federal de Jujuy Nº 1, y; RESULTANDO:

1) Que se eleva el incidente de referencia a conocimiento de esta Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs. 22/26 y vta. por la defensa oficial de J.O.C., en contra del auto obrante a fs. 14/20 por el cual se le denegó el beneficio de la excarcelación solicitado.

2) Que la causa principal se inició en fecha 11 de mayo de 2015, con motivo del informe que Gendarmería Nacional remitió a la F.ía Federal de Jujuy dando cuenta de una célula criminal que se dedicaría a traslado a Bolivia por pasos no habilitados de vehículos robados recibiendo a cambio cocaína que ingresaría al territorio Argentino para su distribución en grandes centro urbanos del país.

De las tareas investigativas de vigilancia, filmaciones, tomas fotográficas y demás tareas se pudo establecer que en dicha maniobra ilícita intervendrían C.M.C., G.L., E.A.P., J.F. de firma: 19/09/2019 Alta en sistema: 25/09/2019 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado(ante mi) por: M.J.P., SECRETARIA INTERINA #33902795#244856045#20190925140458494 O.C. y una persona identificada como “Tico/Flaco/Cumpa”.

Con el avance de la pesquisa la prevención informó sobre un posible transporte y entrega de estupefacientes a realizarse el día 14 de agosto de 2017, por lo que se adoptaron las medidas tendientes a logar interceptar el posible cargamento.

Durante el operativo se logró identificar dos vehículos, uno modelo Prisma marca Chevrolet, dominio colocado NYB 634, en el que estaban C.M.C. y G.A.L. y el otro un modelo Eco Sport marca Ford, dominio colocado LUB 740, conducido por E.A.P. y acompañado por un tal “Tico”, quien se dio a la fuga.

Del registro efectuado sobre los automotores se logró el secuestro de U$S 7.000 que se encontraban en la guantera del vehículo Eco Sport y 15 paquetes rectangulares conteniendo 15 kilos 295 gramos de cocaína del baúl del vehículo Prisma. Además, se secuestraron U$S 6.500 en poder de C.M.C. y E.P..

Luego, del allanamiento en el inmueble de Liquitay y C. se secuestró una balanza, varias patentes de motos y vehículo, $ 67.440 y U$S 600.

2.1) El magistrado dispuso en fecha 12/09/17 el procesamiento y prisión preventiva en contra de los nombrados por considerarlos coautores prima facie responsables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas.

Fecha de firma: 19/09/2019 Alta en sistema: 25/09/2019 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA2 Firmado(ante mi) por: M.J.P., SECRETARIA INTERINA #33902795#244856045#20190925140458494 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 7493/2015/9/CA3 Por otra parte, ordenó la captura de J.O.C., quien fue detenido el día 21/01/19 en oportunidad en que personal de la Sección Núcleo dependiente del Escuadrón 21 “La Quiaca” de Gendarmería Nacional que se encontraba realizando un operativo de control en la terminal de ómnibus de dicha ciudad, advirtió que registraba un pedido de captura.

2.2) En fecha 27/02/19 el a quo dispuso su procesamiento y prisión preventiva por considerarlo autor prima facie responsable del delito de comercialización de estupefacientes, agravado por intervenir tres o más personas organizadas para cometerlo (arts. 5º inc. “c” y 11º inc. “c” de la ley 23.737).

3) Que para denegar la excarcelación de J.O.C. el a quo valoró la naturaleza del delito y la gravedad del hecho incriminado, su escala penal, el grado de presunción de culpabilidad alcanzado y que la causa se encontraba pronta a ser elevada a juicio.

4) Que al interponer el recurso de apelación la defensa oficial alegó la falta de fundamentación...

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