Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 23 de Febrero de 2017, expediente CPE 000529/2016/81/CA028
Fecha de Resolución | 23 de Febrero de 2017 |
Emisor | CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B |
Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE DEVOLUCIÓN SOLICITADO POR L.L. (BUENOS AIRES ELECTRÓNICOS S.R.L.) EN LA CAUSA N° 529/2016, CARATULADA: “N.N. S/INF. LEY 22.415”, J.N.P.E. N° 6.
SEC. N° 11. CAUSA N° CPE 529/2016/81/CA28, ORDEN N° 27.303. SALA “B”).
Buenos Aires, de febrero de 2017.
VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto por la defensa de L.L., representante de BUENOS AIRES ELECTRÓNICOS S.R.L. a fs. 90/94 vta. del presente incidente, contra la resolución de fs. 85/87 del mismo legajo, por la cual el juzgado de la instancia anterior rechazó la solicitud de desbloqueo de los contenedores Nos. DFSU7062857 y BMOUS104632.
Los memoriales de fs. 102/106 vta. y 107/108 vta. del presente incidente, por los cuales la defensa de L.L. , representante de BUENOS AIRES ELECTRÓNICOS S.R.L. y la querella, respectivamente, informaron por escrito en la oportunidad prevista por el art. 454 del C.P.P.N.
Y CONSIDERANDO:
-
) Que, por la resolución obrante a fs. 85/87, el juzgado de la instancia anterior rechazó la solicitud de desbloqueo de los contenedores Nos.
DFSU7062857 y BMOUS104632 efectuada por la defensa de L.L. , representante de BUENOS AIRES ELECTRÓNICOS S.R.L. Por la resolución mencionada, el señor juez “a quo” expresó que los contenedores mencionados y la mercadería cargada en aquéllos, fueron incluidos en la nómina de muchos contenedores que fueron objeto de una denuncia penal interpuesta por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos de la Procuración General de la Nación, por la comisión presunta de delitos de contrabando. El contenedor N° DFSU7062857 habría provenido del exterior transportado en el buque “Value”, consignado a nombre de BUENOS AIRES ELECTRÓNICOS S.R.L., amparado por el documento de transporte N°.COSU6121399571, y contendría mercadería descripta como “sistemas de parlantes” con un peso bruto Fecha de firma: 23/02/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.D., SECRETARIA DE CAMARA #28671441#172342718#20170221085845448 Poder Judicial de la Nación de 5.000 kilogramos. El pesaje del contenedor efectuado en la terminal portuaria N° 5 (BACTSSA) donde fue descargado aquél, arrojó un total de 12.320 kilogramos reales, lo que motivó la paralización de la operación aduanera en curso. Por otra parte, el contenedor N° BMOU5104632 habría provenido del exterior transportado en el buque “Value”, consignado a...
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