Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 18 de Diciembre de 2019, expediente FCR 015259/2017/TO01/8
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 15259/2017/TO1/8 Comodoro Rivadavia, 18 de diciembre de 2019.-
Y VISTO:
Este INCIDENTE DE APLICACIÓN DE LA LEY 24.390 de L.G.R. y D.O.O., Nº FCR 15259/2017/TO1/8, de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia.
Y CONSIDERANDO:
Que atento el vencimiento de las prisiones preventivas impuestas a L.G.R. y D.O.O., a fs. 1 se corrió vista al Ministerio Público F. a los efectos previstos en la ley 24.390.-
Que el F. General, por los argumentos que expuso a fs.
2/3, dictamina que corresponde prorrogar las detenciones impuestas.-
Que L.G.R. se encuentra detenida desde el 23/02/18 (fs. 577 de los autos principales), privación legal de la libertad que actualmente se mantiene en virtud del auto de procesamiento con prisión preventiva dictado a su respecto el 12/03/18 (fs. 957/2 del principal), confirmado por la CFACR el 27/04/18 (fs.
724/7), de la resolución dictada por el Juez Instructor el 12/03/18 en el Incidente de Excarcelación Nº FCR 15259/2017/1/CA1 (fs. 53/4) y de resolución dictada por este Tribunal el 14/09/18 en el incidente de excarcelación Nº FCR 15259/2017/TO1/4, cuyo recurso de casación fue declarado inadmisible por la sala 1 de la CFCP en la sentencia Registro Nº 1578/18 del 22/11/18, atribuyéndosele a su conducta el delito de comercio de estupefacientes agravado por su comisión en proximidad a lugares de enseñanza, centro asistencial, institución social y educativas (art. 5 inc. “c” y 11 inc “e” de la Ley 23737), y elevada a juicio por el mismo delito (fs. 807/13 del principal).-
Que D.O.O. se encuentra detenido desde el 23/02/18 (fs. 578 de los autos principales), privación legal de la libertad que actualmente se mantiene en virtud del auto de procesamiento con prisión preventiva dictado a su respecto el 12/03/18 (fs. 957/2 del principal), confirmado por la CFACR el 27/04/18 (fs.
724/7) y de la resolución dictada por el Juez Instructor el 13/03/18 en el Incidente de Excarcelación Nº FCR 15259/2017/2/CA2 (fs. 43/4) y de resolución dictada por este Tribunal el 14/09/18 en el incidente de excarcelación Nº FCR 15259/2017/TO1/5, cuyo recurso de casación fue declarado inadmisible por la sala 1 de la CFCP en la sentencia Registro Nº 1579/18 del 22/11/18, atribuyéndosele a su conducta el delito de comercio de estupefacientes agravado por su comisión en proximidad a lugares de enseñanza, centro asistencial, institución social y...
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