Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 18 de Mayo de 2017, expediente FTU 007782/2015/TO01/74

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO 7782/2015 Incidente Nº 74 - IMPUTADO: OLMEDO DE ARZUAGA, S.D. s/INCIDENTED.R.S. delE., de mayo de 2017.-

AUTOS Y VISTO: los recursos de casación interpuestos por la Sra.

Defensora Oficial, Dra. M.A.B. en nombre y representación de R. delV.L.V.; y el Dr. M.Á.T. en nombre y representación de J.A.D., en contra de la resolución dictada en fecha 4/05/2017.

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Defensora Oficial, Dra. M.A.B., en representación de R. delV.L.V., interpuso recurso de casación en contra de la resolución dictada en fecha 04/05/2017 que dispuso: “

  1. Rechazar por inadmisible (art. 60 del CPPN) el planteo de recusación formulado por la defensa técnica de los acusados S.D.O. de Arzuaga, J.A.D. y M.T.G., y por R. delV.L.V. in pauperis forma, con asistencia letrada …”.

    Argumenta como fundamento del recurso esgrimido que la resolución atacada por sus efectos puede ser equiparable a definitiva, por lo tanto corresponde la concesión del recurso.

    A tu turno, el Dr. M.Á.T. funda su planteo afirmando que el recurso planteado resulta procedente en virtud de que la resolución atacada incurre en inobservancias de las normas establecidas por el código de rito bajo pena de nulidad y que la decisión es arbitraria ya que carece de motivación, apartándose de este modo indebidamente del derecho aplicable.

    Fecha de firma: 18/05/2017 Firmado(ante mi) por: A.L.A., SECRETARIA #29706616#178725668#20170518085331328 Entrando en el análisis de la cuestión planteada, este Tribunal, entiende que no corresponde hacer lugar los recursos de casación interpuestos.

    La decisión de rechazar el planteo de recusación, no reviste el carácter de aquellas que imposibiliten la continuación del proceso, argumento erróneamente sostenido por la defensa, ya que es pacífico criterio jurisprudencial que “la resolución que...

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