Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 6 de Diciembre de 2019, expediente FRO 080273/2018/TO01/7

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 80273/2018/TO1/7 (MVV)

RESOLUCION N° 385/19 Santa Fe, 6 de diciembre de 2019.-

AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE G.J.L. en autos “GUDIÑO, J.L. Y OTROS S/INFRACCION LEY 23.737 (art. 5 c y 11 c)”, Expte. Nº FRO 80273/2018/TO1/7, en trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; y, CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 1/3 el Dr. F.S., en ejercicio de la defensa técnica del imputado J.L.G., peticiona que en virtud de la implementación de los artículos 210, 221 y 222 de la ley 27.063, conforme la Resolución Nº 2/2019 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal, se revise la prisión preventiva impuesta a su asistido y se la reemplace por una medida menos lesiva.

    Hace un análisis de las pautas previstas en dicha normativa sobre el peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación; y expone los argumentos por los que considera que el mismo no existe en el presente caso, destacando que denunció un domicilio en la localidad de Monte Vera, no registra antecedentes Fecha de firma: 06/12/2019 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.F., S. #34376465#251748704#20191206103626398 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 80273/2018/TO1/7 (MVV)

    penales y ha demostrado una buena conducta en la sujeción al proceso.

  2. Corrida vista al Ministerio Público Fiscal, el Dr. M.S.F. adelanta su oposición a lo solicitado por la defensa de G., haciendo referencia a que en otras oportunidades ya se ha solicitado la excarcelación con idénticos fundamentos, lo que ha sido denegado por el juez de instrucción y por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.

    Además, sostiene que en esta oportunidad cercana a la audiencia de juicio el abogado defensor peticiona nuevamente la excarcelación, en razón de la implementación de algunos artículos del nuevo C.P.P.F., aunque sin definir qué preceptos resultarían aplicables al caso ni qué nuevos elementos de hecho permitirían justificar la aplicación de otras medidas alternativas a la detención.

    Considera que al resolverse el encarcelamiento preventivo los organismos jurisdiccionales antes referidos han evaluado minuciosamente las pautas e indicios receptados en los arts. 221 y 222 del C.P.P.F.

    respecto del peligro de fuga, la pena en expectativa y el Fecha de firma: 06/12/2019 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.F., S. #34376465#251748704#20191206103626398 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 80273/2018/TO1/7 (MVV)

    entorpecimiento en la averiguación de la verdad, conforme preceptos que han sido cristalizados en fallos de los altos tribunales del país y seguidos por la jurisprudencia nacional.

    Al volver a analizar éstos, el fiscal tiene en cuenta el delito por el que se ha requerido la elevación de la causa a juicio y su escala penal, como así que en caso de sufrir condena su cumplimiento no podría ser dejado en suspenso, lo que –junto a las particularidades del ilícito y la sospecha respecto de su responsabilidad en los hechos- a su criterio resultan pautas válidas para mantener el encarcelamiento (art. 221 inc. b del C.P.P.F.). Sostiene que existe un alto grado de probabilidad de que si G. no estuviera detenido podría tener conexión con otros individuos de la cadena de tráfico de estupefacientes para procurar su impunidad o la de aquéllos. Cita jurisprudencia y resoluciones de la Procuraduría General de la Nación en abono a su postura.

    Refiere al pretendido arraigo del imputado, para finalmente dictaminar que la prisión preventiva resulta razonable, toda vez que el tiempo de detención Fecha de firma...

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