Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 23 de Marzo de 2023, expediente FTU 005837/2021/7

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

5837/2021 - Incidente Nº 7 - DENUNCIADO: VILLAFUERTE TELAO, J.B.

s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

S. M. de Tucumán, de 2023.

AUTOS Y VISTOS: El recurso de casación deducido por el Ministerio Público de la Defensa; y CONSIDERANDO

Que, en fecha 06 de enero de 2023, el Sr. Defensor Público Oficial por subrogancia legal, Dr. M.B.,

interpone recurso de casación contra la resolución dictada por este Tribunal en fecha 26 de diciembre de 2022, que, en el punto I),

dispone confirmar la resolución de fecha 31 de marzo de 2022,

que resolvió no hacer lugar por ahora a la solicitud de prisión domiciliaria a favor de J.B.V.T..

Expresa que la presente vía se dirige contra una decisión que impide que su defendido obtenga el beneficio de la prisión domiciliaria mientras dura la sustanciación del proceso, de lo cual se deriva un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior, como lo es la privación de su libertad y por afectación directa de los derechos de los hijos menores del Sr. V.T., al no contemplar su interés superior, como así también la posibilidad de mantener el vínculo familiar y así impedir el desarrollo de su rol de padre.

Agrega que la sentencia apelada encuadra entre las causales de arbitrariedad de sentencias establecidas por la CSJN,

ya que existen defectos en la consideración de extremos Fecha de firma: 23/03/2023

Alta en sistema: 27/03/2023

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

1

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.M.M., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA #36383405#359230401#20230321120050873

5837/2021 - Incidente Nº 7 - DENUNCIADO: VILLAFUERTE TELAO, J.B.

s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

conducentes, falta de fundamentación suficiente por realizar afirmaciones dogmáticas y apartamiento de las constancias de la causa.

Por lo que solicita se declare admisible el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del 26 de diciembre de 2022 y se eleven las actuaciones a la Excma. Cámara Federal de Casación Penal.

Mantiene la cuestión federal oportunamente introducida.

Que previo a resolver deviene imprescindible determinar si la decisión cuestionada reviste el carácter de sentencia recurrible, de conformidad con lo establecido por el art.

457 del CPPN.

En efecto, el Digesto de forma establece una limitación objetiva que, en lo sustancial, exige que por vía de principio se trate de hipótesis que revistan la calidad de sentencia definitiva o equivalente, al menos, en este estadio procesal.

Son sentencias definitivas aquellas “que dirimen la controversia poniendo fin al pleito y haciendo imposible su continuación” (conf. I. y R.; El recurso extraordinario, 3.

Edición actualizada, Buenos Aires, 2000, p.1999) y se equiparan a ellas, por sus efectos, los autos que ponen fin a la acción, a la pena o hacen imposible que continúen las actuaciones o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

Fecha de firma: 23/03/2023

Alta en sistema: 27/03/2023

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

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Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.M.M.,...

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