Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 13 de Marzo de 2019, expediente FRE 000138/2018/67/CA023

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Resistencia, a los trece días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.

Y VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE 138/2018/67/CA23, caratulado:

INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE ACUÑA, R. POR

INFRACCIÓN ART. 303 – NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES (ART. 265) –

ENRIQUECIMIENTO ILICITO (268, INC. 2) Y OTROS

, proveniente del Juzgado

Federal Nº 1 de Resistencia, y; CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician con la solicitud de

excarcelación planteada por la Defensa técnica de R. a fs. 1/4

vta.

A fs. 21/23 la Jueza a quo denegó el beneficio, lo que motivó el

recurso de apelación interpuesto a fs. 25/26 vta.

Radicados los autos en esta Alzada, a fs. 33 el Ministerio Público

Fiscal hace saber que no adhiere al recurso incoado. A fs. 77 se ordena acumular al

presente física y virtualmente el expediente Nº 138/2018/71/CA26, por razones de

economía y celeridad procesal.

Seguido el trámite de ley, a fs. 73 obra copia del dispositivo que

ordena la inmediata libertad del encausado R., Acuña, en virtud de lo

dispuesto por la Cámara Federal de Casación –Sala IV en fecha 07/03/2019.

Se advierte entonces que lo resuelto guarda directa relación con el objeto

venido a conocimiento de este Tribunal (denegatoria de la excarcelación del

encausado), razón por la cual la apelación oportunamente deducida ha perdido

interés para su parte, y tornado abstracto el asunto por haber desaparecido el interés

jurídico concreto que antes tuviera, toda vez que el imputado ha recuperado su

libertad ambulatoria.

Por lo dicho, y a fin de evitar un innecesario desgaste jurisdiccional,

procede declarar que no existe materia a decidir, lo que así SE

RESUELVE:

(art. 2

de la Ley 27.384).

R., notifíquese, comuníquese a la Dirección de...

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