Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 27 de Abril de 2023, expediente CFP 003391/2021/6/CA004

Fecha de Resolución27 de Abril de 2023
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 3391/2021/6/CA4

Sala

  1. CFP 3391/2021/6/CA4

    L., D. N. s/excarcelación

    Juzgado Federal n° 1. Secretaria n° 2.

    Buenos Aires, 27 de abril de 2023.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

    Los Dres. M.I. y R.J.B. dijeron:

  2. Las presentes actuaciones vienen a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de D. N. L. contra el auto por el que se rechazó su excarcelación bajo cualquier tipo de caución.

    La asistencia sostuvo que la decisión no se ajustaba al carácter restrictivo de la detención preventiva, que la calificación a priori adoptada y su pena prevista no era una pauta suficiente para resolver como se hizo, y que no se encontraban dados los supuestos para negar la libertad del imputado, según los artículos 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal.

    Asimismo, señaló que los antecedentes de L.

    nada tenían que ver con su situación actual y concreta. Que tampoco podía interferir en los peritajes de los elementos secuestrados, y que encontrándose debidamente identificado, podían aplicarse a su respecto medidas menos lesivas para garantizar su comparecencia, sobre todo en el caso de que obtuviera su libertad en el otro proceso en cuyo marco se encuentra detenido, tal como la implementación de una tobillera electrónica.

  3. Entendemos que el temperamento adoptado por la jueza de grado, que receptó el parecer del representante del Ministerio Público Fiscal, se compadece con las constancias existentes en el legajo, por lo que debe ser confirmado.

    Ciertamente, con prescindencia de lo que se decida al momento de resolver la situación procesal del imputado, al día de hoy concurren circunstancias que dan sustento suficiente a las sospechas Fecha de firma: 27/04/2023

    Alta en sistema: 28/04/2023

    Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    sobre los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación mencionadas por el fiscal y la a quo.

    Los hechos que constituyen la imputación fueron preliminarmente subsumidos en el delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención organizada de más de tres personas, por la participación de un funcionario público encargado de la guarda de presos en perjuicio de éstos y por ser cometido en un lugar de detención, según los artículos 5, inciso ‘c’, y 11,

    incisos ‘c’, ‘d’ y ‘e’, de la ley 23.737.

    Sobre el punto, corresponde remarcar que la elevada amenaza de pena prevista para el ilícito que se enrostra constituye un dato relevante a la hora de justipreciar los riesgos procesales, partiendo de las pautas regladas en el artículo 221 del Código Procesal Penal Federal –vigente por Resolución de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal del 13 de noviembre de 2019, publicada en el Boletín Oficial el 19 del mismo mes y año-. En este supuesto, de recaer condena, la pena que eventualmente se imponga no sería pasible de ejecución condicional (en esta línea, ver de esta Sala,

    CFP6145/2019/5/CA4, rta. 20.5.21, reg. 49.770, entre otras).

    Al margen de ello, la interpretación que debe darse a las circunstancias reveladas en la causa y en la que precisamente se basó el rechazo de la excarcelación ha sido correctamente sopesada en el auto recurrido. En efecto, contrariamente a lo planteado en el recurso, las propias características del caso demuestran la existencia de riesgos procesales que impiden avalar la pretensión.

    En esa dirección, los hechos investigados consisten en la presunta existencia de una organización dedicada al comercio de sustancias estupefacientes dentro del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que habría actuado entre enero y octubre de 2021, integrada por personal del Servicio Penitenciario Federal, internos alojados en...

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