Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 29 de Diciembre de 2016, expediente FMP 032006228/2013/59/CA030

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación 32006228/2013/59 del Plata, 29 de diciembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

El presente expediente procedente del Juzgado Federal Nº 3 de esta ciudad, caratulado “Incidente de eximición de prisión en autos L., O.A. por inf. ley 23.737”, que tramita ante la Secretaria Penal con el nro. de registro 32006228/2013/59.

Y CONSIDERANDO:

I) Los autos vienen a estudio de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 18/27 por el Dr. S.D.B. y S.H.G. en representación de O.A.L., contra la decisión de fecha 21 de octubre de 2016.

En la cual el Sr. Juez de Grado resuelve no hacer lugar a la eximición de prisión impetrada por el mencionado letrado a favor del sindicado.

Arribadas las actuaciones ante esta Alzada y habiéndose cumplido con los pasos procesales, los autos quedan en condiciones de ser resueltos.

II) Que esta Cámara considera que corresponde confirmar la resolución apelada, pues a diferencia de lo sostenido por los apelantes y en coincidencia con el Juez de grado, advertimos que las distintas circunstancias que rodean el legajo dan cuenta de la existencia de riesgo procesal, lo que en definitiva refleja que aquella decisión se ajusta a derecho.

Para dar cuenta de lo apuntado, podemos decir que O.A.L. resultaría ser el titular del vehículo automotor patente …-… donde se hallaron armas, municiones y dinero en efectivo, que fuera secuestrado del interior de su domicilio de calle …-…, donde también se encontraba S.M., hija de J.M.M., quien se encuentra procesado en autos con prisión preventiva por delito de lavado de activos agravado. También valoramos lo apuntado por el a quo, quien ha dicho que a ese contexto debe sumarse la capacidad para eludir la acción de la justicia del nombrado, toda vez que al momento de efectuarse el allanamiento en el domicilio de calle …-… de esta ciudad, donde se secuestró el rodado en cuestión conteniendo armas de guerra...

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