Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA, 7 de Abril de 2017, expediente FCT 012000048/2013/TO01/53

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Corrientes, 13 de Abril de 2017 AUTOS Y VISTOS: Estos autos, caratulados: “Incidente de Autorización de Salida”, expediente Nº FCT 12000048/2013/TO1/53, correspondiente a los autos caratulados: “SEIVANE, J.M. -G., E.R. -G., J.I. S// Infracción Ley 23.737”, expediente Nº FCT12000048/2013/TO1, de los cuales; RESULTA: Que vienen estas actuaciones a estudio del Tribunal con motivo de la petición formalizada por el interno J.M.S., con el soporte legal del señor Defensor Oficial Público, doctor E.M.D.T., en sendos escritos que obra a fs. 8 vta.

y fs. 10 y vtra., respectivamente del presente, en miras a la obtención de una “Salida Extraordinaria” para que su pupilo pueda -según los términos de la defensa técnica- “…

cumplir con sus deberes morales y afianzar vínculos familiares con su madre, quien conforme se acreditó en autos, se ve impedida de movilizarse por cuestiones de salud…que hace más de dos años que no ve a su madre…que tiene un hijo de diez años de edad que reside con su abuela materna…que se hallan agregados los informes médicos y socio ambientales…de lo que puede extraerse que no restan diligencias por cumplir…y acreditado el mal estado de salud de su madre…en virtud del art. 166 de la LEP y se lo autorice a concurrir al domicilio sito en calle 27 de Febrero Nª 3181 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe…”.-

Que a fs. 1/3 y vta., luce el Informe Social elaborado por la “Sección Asistencia Social” de la “Prisión Regional del Norte” (U-7).-

Que a fs. 4 y vta. obra informe médico en relación a la madre del causante, señora J.N.C..-

A fs. 5/6 se agregó el informe socio ambiental realizado oportunamente respecto de la nombrada precedentemente.-

Que a fs. 6 vta., se anexó la fotocopia certificada del “Acta de Conformidad” labrada en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, por personal del Servicio Penitenciario Federal, con motivo de la entrevista realizada a la señora J.N.C..-

Que conforme lo dispuesto, el señor representante del Ministerio Público Fiscal, por ante el Tribunal, doctor C.A.S., evacuó la vista que se le corriera, en dictamen de fs. 12.-

Y CONSIDERANDO: Que la cuestión sometida a decisorio del Tribunal tiene su origen en la solicitud de Salida extraordinaria formalizada por el Defensor Público Oficial, en favor de J.M.S., con base en el artículo 166 de la Ley de “Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad” (Nº 24.660), en el caso...

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