Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA, 30 de Diciembre de 2016, expediente FCT 003678/2013/TO01/51

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"

Corrientes, de Diciembre de 2016.-

Y VISTO: Estos caratulados: “Incidente de Cese de Prisión Preventiva de PIRRO MORI, G.”, expediente Nº FCT 3678/2013/TO1/51, correspondiente a la causa principal caratulada: “H.S., W. -P.M., Gabriel -

ALVEZ DZWIELESKI, E.F. S/ Infracción Ley 23.737 (Art. 5 Inc. c) en Concurso Real con Asociación Ilícita”, expediente Nº 3678/2013/TO1, que tramitan por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Ciudad de Corrientes, del cual:

RESULTA: Que vienen los autos a consideración del Tribunal con motivo de la solicitud de Excarcelación formalizada por el señor defensor particular, doctor José

Esteban Montiel, en la que manifestó que dicha petición es “…bajo la caución que estime el mejor criterio del Excmo. Tribunal (sic)…Fundo la pretensión en lo establecido en los arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional….”, Pactos y Tratados Internacionales y “…arts. 2, 280, 316, 318, 319, 320 y sigtes. Y cctes. del C.P.P.N…Que G.P.M. no se halla siquiera con Sentencia condenatoria…

únicamente con un procesamiento firme…que (su) defendido carece de antecedentes penales (sic)…que es importante destacar que el peligro procesal no se presume y debe ser probado por el titular de la potentiapuniendi del Estado… que es indudable que no existe peligro procesal alguno, debido a que también (su)

defendido cuenta con arraigo domiciliario y laboral, domicilio constituido como Arraigo en estos autos, donde se ha efectuado el informe socio ambiental, el cual se halla agregado a los autos principales…que la Constitución Nacional garantiza el”

principio de inocencia” de todos los habitantes del país y una consecuencia lógica de tal principio es el remedio procesal de la Excarcelación…que LA REGLA ES LA LIBERTAD, Y SÓLO EXCEPCIONALMENTE LA PRIVACIÓN PREVENTIVA…que el domicilio de arraigo será donde…en caso de ser excarcelado…podrá eventualmente ser localizado en caso de ser requerido o convocado por la justicia…que solicita se le impongan medidas de conducta que deba cumplir para estar a derecho…que si el Excmo. Tribunal lo considera pertinente, se imponga la obligación de utilizar pulsera o tobillera electrónica o cualquier otra medida que estime corresponder, como ser que no se acerque a ningún paso fronterizo… que en la presente causa se halla agregada la totalidad de las pruebas y diligencias encomendadas…Que no hay probabilidad de que el imputado eluda la acción de la justicia o entorpezca la investigación…”.-

En otro segmento de su exordio el señor defensor particular sostuvo que “…

Que el juez debe agotar en forma previa los medios menos lesivos para el imputado a los fines de evitar que éste eluda la acción de la justicia o entorpezca la Fecha de firma: 30/12/2016 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.B.C., SECRETARIA DE CAMARA #29119347#170294725#20161230102218254 Poder Judicial de la Nación "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"

investigación…que en el procedimiento penal sólo se recurrirá a la prisión preventiva como último recurso…las medidas sustitutivas de la prisión preventiva se aplicarán lo antes posible…que debe imponerse la caución menos lesiva…como presentarse periódicamente en el juzgado a su cargo…no salir del país…no concurrir a determinados lugares…”.-

Abonó el presentante, la petición de referencia, con doctrina y jurisprudencia que consideró aplicables.-

Como corolario, solicitó “…se conceda la excarcelación solicitada bajo caución que ese Excmo. Tribunal disponga…”; no sin antes “…deja planteada la cuestión Federal directa y…la prisión domiciliaria por los problemas de salud de (su)

defendido…”.-

Por su parte, en dictamen que luce a fs. 23/24 y vta., el señor F. General por ante el Tribunal, opinó “…adelantando opinión respecto de la imposibilidad de otorgar el beneficio que peticiona…que el cuadro de imputación es armónico y contundente…que de una objetiva y provisional valoración de las características del hecho…cabe señalar la especial gravedad del delito que se le enrostra (narcotráfico)

– la complejidad de la causa donde se ha desbaratado una organización criminal trasnacional, habiéndose secuestrado 329,872 kg. de cocaína-…todas estas circunstancias demuestran un grado de peligrosidad en el cual se hace presumir, que en libertad el imputado intentará entorpecer el accionar de la justicia, fundamentando de esta manera la existencia del riesgo procesal…relativo a las condiciones personales….entiende el Ministerio Público que ellas apuntan a denegar el beneficio, ya que los mismos no resultan suficientes para eliminar o cancelar la existencia del riesgo de fuga…que en el caso de concederse dicho beneficio, el mismo podría intentar eludir la acción de la justicia…que la externación de P.M., en este estadio procesal, aparece totalmente perniciosa, toda vez que podría, en caso de hacer lugar al beneficio, frustrar la realización del juicio…que el peligro de fuga subsiste porque existen datos objetivos e indicios suficientes de los que puede inferirse que razonablemente se debe mantener la prisión preventiva…que no debe hacerse lugar a la solicitud de excarcelación de G.P.M.…”.

Y CONSIDERANDO: Que conforme reseñado, la causa se encuentra en estado de resolver, por lo que corresponde ingresar al análisis del planteo introducido, el que, en atención a los argumentos que se van a exponer a continuación y el dictamen del señor representante del Ministerio Público Fiscal y que este Tribunal comparte, deberá ser rechazado.

En dirección propuesta, corresponde realizar el examen de las actuaciones a efectos de delimitar la situación procesal del causante, solamente en la medida del Fecha de firma: 30/12/2016 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS...

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