Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA, 27 de Septiembre de 2019, expediente FCR 012837/2015/TO01/4

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 12837/2015/TO1/4 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: RAMIREZ, C.P. s/INCIDENTE DE NULIDAD ío Gallegos, 27 septiembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FCR 12837/2015/TO1/4 - Incidente Nº 5 - IMPUTADO: RAMIREZ, C.P. s/INCIDENTE DE NULIDAD; respecto de las nulidades planteadas por el Sr. Defensor Público Oficial ante este Tribunal Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 27/34 con cita de los arts. 166, 167 inc. 2, 168, 169, 170 inc. 1 y 172, la Defensa Pública Oficial planteó la nulidad de la instrucción de la presente causa, por ausencia del requerimiento previsto por el art. 180 y 188 del C.P.P.N. como consecuencia de la denuncia que fue su origen, la que a su entender se formalizó ante el Tribunal de juicio y debió ser remitida para su sustanciación al Juez de Instructor, para que corriera la vista dispuesta por el art. 180 del C.P.P.N. Que esa omisión a su criterio imposibilitó la determinación de los hechos imputados la Sra. R. y a consecuencia de ello afectó su derecho de defensa en juicio.

    Asimismo planteo la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, por entender que omite una descripción clara precisa y circunstanciada de la conducta endilgada a su defendida.

    Finalmente solicitó el sobreseimiento por cuanto a su entender los hechos imputados resultarían atípicos, formulando reservas recursivas del caso ante una decisión contraria a su pretensión.

  2. A su turno la Sra. F. General “Ad Hoc” a fs. 36/40, tras un análisis de los fundamentos expuestos por el Sr. Defensor Público Oficial, consideró que las nulidades deben ser rechazadas, por cuanto el trámite dado al proceso fue aquel que establecían las circunstancias del caso, descartando la hipótesis del Sr. Defensor Oficial.

    Consideró validas cada una de las etapas de la instrucción, a su entender el requerimiento de elevación a juicio satisfacería los requisitos necesarios establecidos por ley, resultando eficaz para garantizar el derecho de defensa.

    Fecha de firma: 27/09/2019 Alta en sistema: 01/10/2019 Firmado por: MARIO G.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: F.B., SECREATRIO DE CORTE #33774490#245209209#20191001111541766 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 12837/2015/TO1/4 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: RAMIREZ, C.P. s/INCIDENTE DE NULIDAD Concluyó con el rechazo del planteo de atipicidad formulado por su contraparte, como así también la prescripción de la acción...

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