Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 24 de Mayo de 2017, expediente FTU 000765/2016/5/CFC001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº FTU 765/2016/5/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal “C., M.N. s/recurso de casación”

Registro nro.: 430/17 Buenos Aires, 24 de mayo de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor E.R.R. dijo:

  1. ) La Cámara Federal de Tucumán confirmó la resolución del juez de primera instancia que no hizo lugar al pedido de excarcelación de M.N.C. -fs. 49/51 vta.-.

    Contra esta decisión, la defensa oficial de la nombrada interpuso recurso de casación a fs. 53/62 vta., remedio que fue concedido por el tribunal a quo a fs. 64/5 vta.

  2. ) Si bien la resolución recurrida en tanto implica una restricción a la libertad de la encartada con anterioridad al fallo final de la causa ocasiona un perjuicio que podría resultar prima facie de imposible reparación ulterior, y es por tanto equiparable a una sentencia definitiva en los términos previstos por el artículo 457 del C.P.P.N. según lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “Di Nunzio, B. s/excarcelación”, causa nro. 10.572, D.199.XXXIX, tal extremo no alcanza en el presente caso para habilitar esta instancia casatoria, conforme los argumentos que pasan a exponerse.

    En efecto, notamos que los integrantes de la Cámara a quo, examinaron la procedencia del beneficio solicitado a la luz de la normativa aplicable al caso y de conformidad con las constancias de la causa, explicando los motivos por los cuales existe riesgo procesal que amerita la denegatoria de la excarcelación de la encausada.

    Ciertamente valoraron que “existen elementos de juicio que hacen presuponer que, en caso de quedar en Fecha de firma: 24/05/2017 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado(ante mi) por: MARIA DE LAS MERCEDES LOPEZ ALDUNCIN, SECRETARIA DE CAMARA #28538001#179138616#20170524140507032 libertad, la imputada C. podría intentar eludir el accionar de la justicia o entorpecer la investigación”.

    Para arribar a tal conclusión el tribunal de la instancia anterior tuvo en cuenta que M.N.C. fue procesada como coautora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, figura cuya escala penal y gravedad impiden, en principio, acceder al beneficio solicitado.

    Pero además de ello, se ponderaron las características de los hechos que conforman el objeto del proceso, esto es, que la encausada integraría una organización dedicada al...

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