Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 13 de Diciembre de 2016, expediente FRO 061000566/2012/TO01/1/5/CFC004

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal - Sala I - 61000566 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: JADOR, E.A. s/INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA Legajo de Ejecución Nº 1 - IMPUTADO:

JADOR, EMILIO ANDRÉS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Cámara Federal de Casación Penal “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

REGISTRO Nº 2391/16.1 Buenos Aires, 13 de diciembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso de casación deducido por el Defensor Público Coadyuvante, F.A.S., en esta causa Nº FRO 61000566/2012/TO1/1/5/CFC4 caratulada “Jador, E.A. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, con fecha 11 de agosto de 2016, resolvió: “DENEGAR al interno E.A.J., legajo nº 50.184, el beneficio de la LIBERTAD ASISTIDA…” (cfr. fs. 27/31).

  2. ) Que contra dicha resolución interpuso recurso de casación el Defensor Público Coadyuvante, asistiendo técnicamente a E.A.J. (fs. 33/38 vta.), el que fue concedido (fs. 40/41 vta.).

  3. ) A fs. 50 se presentó la Defensora Pública Coadyuvante de E.A.J. manteniendo el recurso interpuesto en la instancia anterior y renunciando a los plazos procesales.

Asimismo según surge de fs. 52 se presentó el F. General, R.G.W., presentando su conformidad a la renuncia de los plazos procesales pendientes de sustanciación.

Fecha de firma: 13/12/2016 1 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: G.M.H., JUEZ CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: M.A.M., SECRETARIA DE CAMARA #28854398#168472191#20161213174136072 El señor juez doctor M.H.B. dijo:

  1. Que resulta pertinente señalar que el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, con fecha 29 de octubre de 2013, condenó a E.A.J. a la pena de 4 años de prisión y a abonar en concepto de multa la suma de pesos cuatrocientos, por ser autor responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto en el art. 5º inc. “c” de la ley 23.737, revocando la libertad condicional que le fuera otorgada por el Juzgado de Ejecución Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial de la ciudad de V.M. provincia de Córdoba en fecha 1 de diciembre de 2011, unificando la pena de prisión de 5 años impuesta por la Cámara en lo Criminal de San Francisco de esa provincia, fijándose la pena única de 7 años de prisión y a pagar en concepto de multa la suma de pesos setecientos cincuenta, con más las accesorias del art. 12 del C.P., declarándolo reincidente.

    Efectuado el cómputo de pena correspondiente, se fijó como fecha de vencimiento de aquélla el día 11 de febrero de 2017.

    El Defensor Público Coadyuvante de E.A.J. solicitó la incorporación de su defendido al régimen de libertad asistida atento a haber cumplido con el requisito temporal exigido en el art. 54 de la Ley 24.660.

    Luego de recabados los pertinentes informes penitenciarios se corrieron las vistas correspondientes. En Fecha de firma: 13/12/2016 2 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: G.M.H., JUEZ CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: M.A.M., SECRETARIA DE CAMARA #28854398#168472191#20161213174136072 Cámara Federal de Casación Penal - Sala I - 61000566 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: JADOR, E.A. s/INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA Legajo de Ejecución Nº 1 - IMPUTADO:

    JADOR, EMILIO ANDRÉS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

    Cámara Federal de Casación Penal “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

    esa oportunidad procesal el F. General a fs. 23/24 vta.

    solicitó de manera fundada -y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 54 de la ley 24.660-...

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