Sentencia de Sala B, 12 de Enero de 2015, expediente CPE 000933/2014/5/CA001

Fecha de Resolución12 de Enero de 2015
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE NULIDAD DE V.H. EN AUTOS “ACTUACIONES POR SEPARADO EN LA CAUSA 933/14 G.C. Y OTROS S/INF. LEY 22.415” J.N.P.E. N° 3 S. 5. CPE 933//2014/5/CA1. SALA “B” ORDEN N° 26.292.

Buenos Aires, 12 de enero de 2015.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensora oficial de V.H. contra la resolución que no hizo lugar a su planteo de nulidad de la actuación practicada por el juez en la que su defendida fue reconocida en una rueda de personas.

Lo informado por la apelante en sustento del recurso.

Y CONSIDERANDO:

Que la ley procesal establece que únicamente cabe declarar nulidades que estuvieran expresamente previstas lo que no ocurre con la inobservancia de las formas de practicar el reconocimiento en rueda que la apelante impugna (confr. artículo 166 del Código Procesal Penal de la Nación).

Que, por otra parte, los motivos de anulación que invoca conciernen a circunstancias de hecho que no pueden ser apreciadas en el trámite abreviado de un incidente que el juez debe resolver como un recurso de reposición (confr. art. 170 in fine del código citado). Esas circunstancias requieren ser ponderadas con la correspondiente sustanciación y con el aporte de...

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