Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 21 de Octubre de 2020, expediente FRE 000138/2018/44/CA041

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

RESISTENCIA, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil veinte.

VISTO Y CONSIDERANDO:

El presente legajo Nº 138/2018/44/CA41, caratulado:

INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR: “FISCHER, DANIEL

ALEJANDRO RECIFIS S.R.L. EN AUTOS: IMPUTADO: FISCHER,

D.A.–.: RECIFIS S.R.L. – Beneficiario:

V.J.F. POR ASOCIACION ILICITA INFRACCION

ART. 303 INFRACCION LEY 24.769

, que en grado de apelación proviene

del Juzgado Federal Nº1 de esta ciudad.

  1. Radicada la causa ante esta Alzada, la recurrente optó por la

    realización de la audiencia de ley mediante la sustitución del informe in voce

    con la presentación de un escrito. Fijada la misma para el 29 de septiembre del

    año en curso, y habiendo presentado la parte apelante en forma digital el

    memorial sustitutivo, pasan las actuaciones al Acuerdo.

    Que en fecha 07 de octubre próximo pasado, la Sra. Presidenta

    del Tribunal Dra. M.D.D. pone en conocimiento de las

    partes que su hijo, G.F.C., “ha iniciado un litigio que

    involucra al Sr. D.M.G., coimputado en el marco de los autos

    principales a los que ésta incidencia accede, encontrándose en trámite ante el

    Juzgado Civil y Comercial Nº16 de esta provincia, la causa caratulada:

    C.G.F.; P.M.G.; G., M.C. y

    otros s/Consorcio de Copropietarios Urbanización Torre Blanca

    s/Convocatoria de Asamblea

    , Expediente Nº 5.544/20…” (Sic), expresando

    que si bien considera no encontrarse en alguna de las causales previstas en el

    art. 55 del CPPN, como tampoco ante el supuesto de violencia moral que

    imponga su apartamiento en esta incidencia, corresponde hacer saber a las

    partes la circunstancia descripta a los fines que estimen corresponder,

    procediéndose a la suspensión del llamado al Acuerdo y correspondiente

    notificación de las mismas.

    Fecha de firma: 21/10/2020

    Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: EDUARDO ARIEL BELFORTE, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

    Así las cosas, en fecha 14/10/2020, el Dr. Edgardo Daniel

    Paniagua formula presentación digital en la cual manifiesta que, sin cuestionar

    la altísima consideración que merece a su parte la magistrada, a los fines de

    preservar incólumes los principios de objetividad e imparcialidad, solicita su

    apartamiento a efectos de garantizar a su representado el goce de su...

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