Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 6 de Octubre de 2022, expediente COM 083671/2004/4

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F

FARIAS BOUVIER NESTOR c/ AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. Y OTRO

s/ORDINARIO

EXPEDIENTE COM N° 83671/2004 SIL

Buenos Aires, 6 de octubre de 2022.

Y VISTOS:

  1. Interpuso la demandada recurso extraordinario -agregado en fs. 281/301- contra la resolución dictada por esta Sala el 28 de junio de 2022

    que revocó la decisión de la instancia anterior y aprobó la liquidación formulada por la accionante a fs. 2727/38 de las actuaciones principales en relación al valor de los pasajes internacionales en cuestión, con los alcances e intereses que surgen de tal pronunciamiento.

    El traslado conferido fue contestado por la parte actora en fs.335/354.

  2. Considera la recurrente que el fallo atacado es arbitrario y no se ajusta a la legislación aeronáutica vigente en cuanto al alcance de la USO OFICIAL

    responsabilidad en la obligación de entregar pasajes a un precio que incluye tasas e impuestos, cuando dichos conceptos no integrarían el monto tarifario de pasajes de las líneas aéreas.

    Expresa que existen en el caso cuestiones que suscitan cuestión federal que habilita el acceso a la CSJN y señala que al establecer el pronunciamiento de esta Cámara que el quantum indemnizatorio debía incluir tasas e impuestos consagra una solución contraria a la que impone la Resolución 1532/98 del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos que regula las condiciones del contrato de transporte aéreo de pasajeros y que la inclusión de los tributos en el cálculo de la indemnización,

    viola el límite establecido en la Ley 24283, con grave afectación del derecho de propiedad.

    Fecha de firma: 06/10/2022

    Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CÁMARA

    Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.S., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: E.L., PRESIDENTE DE LA SALA F

    Indica que se encuentran en juego cuestiones vinculadas a la interpretación y aplicación de las prescripciones del Código Aeronáutico y demás normas complementarias entre las que se encuentran las Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo y las obligaciones de los servicios de transporte aéreo internacional de pasajeros sujetos al Convenio de Montreal de 1999.

    Tacha además de arbitraria la decisión en cuanto consideró que en el convenio que dio lugar a la discusión la emisión de pasajes se pactó sin cargo alguno cuando debió excluirse los tributos del monto de la indemnización.

  3. La...

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