Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 29 de Marzo de 2023, expediente CPE 000739/2018/4/CA002

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación Incidente de acogimiento al régimen previsto en causa N° CPE 739/2018, caratulada: “BALKBRUG S.A.

SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769”. Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 13. Causa N°.CPE 739/2018/4/CA2. Orden N° 31.202. Sala “B”.

Buenos Aires, de marzo de 2023.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de S. B. S. con fecha 1/12/2022 contra la resolución de fecha 30/11/2022, por la cual el señor juez a cargo del juzgado “a quo” resolvió: “DISPONER el reinicio de la instrucción de la causa principal a la cual corresponde este incidente,

respecto de la presunta evasión por parte de BALKBRUG S.A…. del impuesto a las Ganancias por el ejercicio anual 2013, , por la suma de $ 2.356.561,49;

la presunta evasión del impuesto a las Ganancias por el ejercicio anual 2014,

por la suma de $ 11.298.859,36; y la presunta evasión al impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2015 (períodos 01/2015 y 02/2015), por la suma de $ 3.722.744,85, por haber caducado, por falta de pago, el plan de pago a cuyo cumplimiento se condicionó la suspensión del trámite de los autos principales, respecto de S. B. S. , R. O. F. , D. D. S. , J.

M. D. ,

  1. A. C. y M.

  2. M. , según la atribución de responsabilidad que se les efectuó a cada uno de los nombrados en los autos principales…”.

    Los memoriales presentados por la defensa de S. B. S. y por la querella en la oportunidad prevista por el art. 454 del C.P.P.N.

    Y CONSIDERANDO:

    1. ) Que, por el recurso de apelación interpuesto, la defensa de S.

    B. S. se agravió de la resolución recurrida por estimarla “prematura” y/o “apresurada” por estimar que, previo a disponer la reanudación del ejercicio de la acción penal, correspondía que el juzgado de la instancia anterior descartara que “…los pagos correspondientes al plan de facilidades de pago atinente a esta causa no pudieron ser efectuados debido a que la AFIP

    embargó intempestiva e inexplicablemente la cuenta (del Banco Macro) desde la cual se hacían los mismos…” (la transcripción es copia textual del original).

    Fecha de firma: 29/03/2023

    Alta en sistema: 30/03/2023

    Firmado por: V.M.D., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación 2°) Que, en los autos principales correspondientes al presente incidente se investiga la presunta evasión por parte de BALKBRUG S.A. del Impuesto a las Ganancias por los ejercicios anuales 2013 y 2014, por las sumas de $ 2.356.561,49 y $ 11.298.859,36, respectivamente, y del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2015 (períodos 01/2015 y 02/2015) por la suma de $ 3.722.744,85.

    Conforme surge del presente incidente, el juzgado de la instancia anterior, en virtud del acogimiento de S. B. S. al plan de facilidades N°

    O268893, en el cual se incluyeron las deudas correspondientes al Impuesto a las Ganancias por los ejercicios 2013 y 2014 y al Impuesto al Valor Agregado por el ejercicio 2015 a que se encontraba obligada BALKBRUG S.A., dispuso con fechas 28/5/2021 (fs. 160/166 vta.) y 12/7/2021 (196/203 vta.) la suspensión del ejercicio de la acción penal respecto de la presunta evasión de los impuestos y los períodos aludidos con relación a S. B. S. , a R. O. F. , a D.

    D. S. , a J. M. D. , a

  3. A. C. y a M.

  4. M. , cada uno con relación a los hechos oportunamente atribuidos.

    1. ) Que, por el art. 10 de la ley 27.541 (t.s. por ley 27.562) se estableció que “…El acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal respecto de los autores o las autoras,

      los coautores o las coautoras y los partícipes o las partícipes del presunto delito vinculado a las obligaciones respectivas, aun cuando no se hubiere efectuado la denuncia penal hasta ese momento o cualquiera sea la etapa del proceso en que se encuentre...

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