Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 23 de Junio de 2020, expediente CFP 007774/2008/TO01/4/CFC003
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3 |
Cámara Federal de Casación Penal Sala III
Causa Nº CFP
7774/2008/TO1/4/CFC3
Rojas, I. s/recurso de casación
Registro nro.:
Buenos Aires, 23 de junio de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa CFP 7774/2008/TO1/4/CFC3 del registro de esta Sala III, caratulada: “Rojas, I. s/recurso de casación”.
Y CONSIDERANDO:
-
Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5
de esta ciudad, con fecha 27 de mayo de 2020, resolvió: “
I.-
NO HACER LUGAR A LA SOLICITUD DE ARRESTO DOMICILIARIO de I.R., sin costas (artículos 10 inciso “f” del Código Penal, 210 inciso “j” del Código Procesal Penal Federal –
conf. ref. introducida por la ley 27.063-, 32 inciso “f” y 33
de la ley 24.660, todos ellos “a contrario sensu” y 531 “in fine” del Código Procesal Penal de la Nación).
-
HACER
SABER al director del CPF IV que deberá informar inmediatamente, cualquier novedad que surja con relación al estado de salud de I.R., al tiempo que deberá
brindarle la atención médica que requiera, como así también,
la medicación que sea menester para su adecuado tratamiento”.
-
Que, contra dicha decisión, la Defensora Particular, Dra. L.R., interpuso recurso de reposición con casación en subsidio, siendo rechazado el primero y concedido el segundo por el a quo.
Sintéticamente, la defensa criticó que el tribunal a quo soslayase los motivos primigenios por los que se solicitó
la morigeración de la detención -la particular situación de salud de la madre de su asistida-.
Fecha de firma: 23/06/2020
Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 1
Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA
Por otra parte, cuestionó que no se ponderase las patologías que registra su pupila que la colocaban en una situación vulnerable al contagio del virus COVID-19.
Por tales motivos, solicitó la habilitación de la feria extraordinaria.
-
Si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358;
314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.
Que en el sub judice, la defensa no ha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba