Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 7 de Junio de 2016, expediente FPO 032000634/2012/TO01/2/4

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 32000634/2012/TO1/2/4 POSADAS, 07 de junio del año 2016 AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente de Ejecución Nº

FPO 32000634/2012/TO1/2/4 caratulado "FUENTES, H.J. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA” (Expte. ppal. Nº FPO 32000634/2012/TO1/2), la procedencia de la libertad asistida del encartado H.J.F.; Y CONSIDERANDO:

Que, el día 7 de agosto del año 2013, el Excmo.

Tribunal Oral Federal de Posadas, dicto sentencia en causa N° FPO 32000634/2012/TO1 caratulada “FUENTES, H.J.S. LEY 23.737 (ART. 5 INC. C), condenando a H.J.F. a la pena de cuatro años y dos meses de prisión, el mínimo de la multa prevista, más las accesorias legales y costas como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, declarándolo formalmente REINCIDENTE por segunda vez. Conforme al cómputo de pena efectuado el nombrado agotaría la pena el 27 de diciembre de 2016.

Que, radicado el expediente en la etapa ejecutiva de la pena, y por incidente que corre por cuerda al Legajo de Ejecución Penal, Nº FPO 32000634/2012/to1/2/3, el causante con fecha 10 de setiembre de 2015, ha sido beneficiado con la aplicación del art. 140 de la Ley 24.660 y obtuvo la reducción de los plazos previstos en dicha modificatoria en CUATRO (04) MESES, resultando que FUENTES cumplió el tiempo requerido para alcanzar el periodo de Libertad Asistida a partir del día 27 de febrero del corriente año.

Cumplido el plazo mencionado se ofició a la Dirección de la Colonia Penal de Ezeiza U.19 del Servicio Penitenciario Federal, requiriéndosele la remisión de los informes carcelarios previstos en el art. 54 de la ley 24.660, como así también, se peticionó al registro nacional de reincidencia un informe actualizado del recluso.

Con fecha 5 de mayo del corriente año, se recepcionaron los últimos informes carcelarios solicitados, destacándose que actualmente FUENTES fijo domicilio en calle Las Tres Marías N°

346, de San Miguel provincia de Buenos Aires, lugar donde se domicilia su allegada I.J., DNI N° 14.168.614, quien se encuentra Fecha de firma: 07/06/2016 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #27968814#155103920#20160607130019065 dispuesta a recibirlo y contenerlo en el reingreso al medio libre, conforme se desprende del informe rubricado por la Trabajadora Social Lic. D.R.V., dependiente del Servicio Penitenciario Federal.

Asimismo, surge del mismo informe social que, si bien el interno cuenta con una referente y un domicilio para el goce del beneficio de libertad anticipada, se desprende que la relación en el interno y la referente surge a partir del desistimiento de la referente anterior, habida cuenta que el causante no había manifestado su vinculación con la Sra. J. antes de lo ocurrido. En este sentido si bien la entrevistada presta conformidad en recibir al interno, no se puede solventar el compromiso por parte de la misma, teniendo...

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