Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 27 de Octubre de 2022, expediente CPE 000007/2021/4/CA002

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE DEVOLUCIÓN DE S. M. L. M. EN CAUSA N° CPE 7/2021,

CARATULADA: “MI CORREO EXPRESS S.A. OTROS S/ INFR. LEY 22.415”. J.N.P.E.

N° 5. SEC. N° 10. EXPEDIENTE N° CPE 7/2021/4/CA2. ORDEN N° 30.892. SALA “B”.

Buenos Aires, de octubre de 2022.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto el 8/4/2022 por la defensa de L. M. S. M. , contra el punto dispositivo I de la resolución de fecha 5/4/2022,

por el cual el señor juez a cargo del juzgado “a quo” no hizo lugar a la solicitud de devolución de los elementos secuestrados en el domicilio de la Av.

Cabildo 2228, piso 6°, departamento “D”, de esta ciudad.

La resolución de fecha 16/5/2022, por la cual el señor juez a cargo del juzgado “a quo” hizo lugar a la devolución de algunos de los elementos secuestrados en el domicilio mencionado.

La presentación de fecha 14/6/2022, por la cual el apelante informó por escrito en sustitución de la audiencia prevista por el art. 454 del C.P.P.N.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, en la causa principal a la cual corresponde este incidente se investiga el intento de importación clandestina de mercadería de origen extranjero, disimulada en la carga correspondiente a distintas destinaciones de importación para consumo bajo el régimen simplificado courier oficializadas por PSP CONSOLTRADE S.R.L. y por PSP MI CORREO EXPRESS S.A.

    La investigación se inició a partir del hallazgo de mercadería consistente en Notebooks de diferentes marcas y modelos, fuentes de alimentación de Notebooks, placas de memoria, discos rígidos, libros electrónicos, Tablets, cargadores de celulares, cascos para moto, insignias de distintos vehículos, y otros elementos con un peso total de 146 kilogramos,

    disimulada en la carga correspondiente a las destinaciones de importación para consumo bajo el régimen simplificado courier N° 20073PART008466B y N°

    20073PART008465A, oficializadas por PSP CONSOLTRADE S.R.L. y por PSP MI CORREO EXPRESS S.A., respectivamente.

    Fecha de firma: 27/10/2022

    Alta en sistema: 28/10/2022

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.R.V., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación En la causa mencionada, la titular de la Fiscalía N° 7 del fuero, a quien le fuera delegada la dirección de la investigación, requirió al juzgado “a quo” el registro de los domicilios correspondientes a CONSOLTRADE S.R.L.,

    a MI CORREO EXPRESS S.A., así como de los domicilios correspondientes a los responsables de las sociedades mencionadas y de los supuestos consignatarios de la mercadería que supuestamente se pretendió ingresar clandestinamente al país, entre los que se encuentra DIGICOM

    ELECTRÓNICA S.R.L.

  2. ) Que, por el auto de fecha 7 de febrero de 2022, el señor juez a cargo del juzgado “a quo” ordenó el...

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