Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 11 de Febrero de 2019, expediente FMP 004311/2017/4/CA001

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

FMP 4311/2017/4/CA1

del Plata, 11 de febrero de 2019.-

Y VISTO:

La presente causa caratulada “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE G.D., F.

N. (D)”, expediente FMP 4311/2017/4, procedente del Juzgado Federal Nº 1, Secretaría Penal de Actuaciones:

Y CONSIDERANDO:

  1. Que viene la presente a estudio de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 12/15, por la Sra. Defensora Público Oficial Coadyuvante, Dra.

    P.S.M., en favor de su defendido F.N.G.D., contra el resolutorio de fecha 2../1../20…, obrante a fs. 11/11 vta., en virtud del cual el Sr. Juez de primera instancia decidió

    denegar el beneficio de la excarcelación solicitado en su favor.

    En síntesis, se agravia la Defensa Oficial de: 1) falta de acreditación del riesgo procesal; 2) consecuente apartamiento del principio que rige en la materia, en cuanto impone como regla la libertad durante el proceso; 3) apartamiento de los criterios jurisprudenciales y doctrinales vigentes, en particular la doctrina plenaria de la CNCP, fallo “D.B.; 4)

    omisión de análisis de la situación particular de su asistido; 5) desnaturalización del carácter cautelar del instituto de la prisión preventiva. F. reserva de acudir en casación y del caso federal.

    Radicadas las actuaciones ante esta Alzada, a fs. 21/25vta., obra el memorial interpuesto por escrito en remplazo de la audiencia prevista en el art. 454 del C.P.P.N.

    (conf. Ac. Nº 109/08, 45/09 de este Tribunal).

    A fs. 31/32, se presenta el Sr. Fiscal General Federal, Dr. D.E.A. y responde los agravios expresados por la defensa, solicitando se confirme la resolución recurrida.

  2. Ahora bien, analizadas que fueron las argumentaciones esgrimidas por el recurrente, los hechos que motivaron la intervención de esta Alzada, el marco situacional planteado y las bases en que el juez de grado ha fundado su temperamento, el resolutorio recurrido debe ser confirmado.

    Tiene dicho esta Alzada que “…cuando se habla de prisión preventiva no puede perderse de vista que la única motivación que puede sustentar una medida de tal Fecha de firma: 11/02/2019

    Alta en sistema: 21/02/2019

    Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: R.O.J., SECRETARIO DE CAMARA

    gravedad, es la peligrosidad procesal. La que puede verse reflejada en cualquiera de sus dos facetas: peligro de fuga o entorpecimiento de la justicia…” y que “…Por otro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR