Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 24 de Octubre de 2019, expediente FBB 010929/2017/TO01/4

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 10929/2017/TO1/4 hía Blanca, de octubre de 2019.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente Nº FBB 10929/2017/TO1/4, caratulado: “INCIDENTE DE INGRESO A LA UNIDAD DE GIAMBERNARDINO, E. EN AUTOS: GIAMBERNARDINO, E. POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal; Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 138 el interno E. GIAMBERNARDINO solicita la aplicación de estímulo educativo en los términos del art. 140 de la ley 24.660, texto según ley 26.695 en miras a posibilitar la reducción de los plazos requeridos para el avance de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario.

Que a fs. 139/142 el Director de la Colonia Penal U. 4 de Santa Rosa, remite los informes elaborados por la Sección Educación, que dan cuenta que el interno de mención, a los fines de la aplicación del estímulo educativo, durante el año 2019, cursó y aprobó el curso de Auxiliar en Instalaciones Eléctricas Domiciliarias, conforme lo acredita el certificado obrantes a fs.140, expedido por el Ministerio de Educación de la Provincia de La Pampa.

Que, al evacuar la vista que le fuera conferida a fs.

155/vta., el señor F. General detalla que el interno aprobó el curso de Auxiliar de Instalaciones Eléctricas Domiciliarias con una duración de (100 horas cátedra). Refiere que el curso en cuestión configura lo establecido por el art. 140, inc. b. de la ley 24.660 (curso de formación anual o equivalente). Sin embargo, concluyó que la carga horaria prima facie no resulta equiparable al supuesto contemplado en el inc. b, por lo que a su entender corresponde aplicar una reducción de un mes por el curso realizado, sosteniendo que dicha postura se ajusta proporcionalmente a lo normativamente previsto y a los fines que persiguió la reforma del art. 140 de la ley de ejecución penal.

Fecha de firma: 24/10/2019 Firmado por: M.J.A. , Juez de Ejecución Penal Firmado(ante mi) por: P.D.E., Secretaria de Ejecucion Penal #30678228#247826926#20191024120529930 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 10929/2017/TO1/4 Que, de los autos principales surge que con fecha 16 de Mayo de 2018 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal condenó a E.G. a la pena de CUATRO (4) años de prisión y del cómputo de pena practicado resulta que ésta vencerá el 30 de Junio del año 2021.

Es necesario puntualizar que el art. 140 de la ley 24.660, sustituido por la...

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