Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 25 de Septiembre de 2019, expediente FCT 004979/2018/4/CA004
Fecha de Resolución | 25 de Septiembre de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES 4979/2018 Corrientes, veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve.
Visto: el incidente de nulidad en autos “IBARRA, Á.P.ón ley
23.737”, E.. Nº FCT 4979/2018/4/CA4 del registro de esta Cámara,
proveniente del Juzgado Federal de G..
Considerando:
Que ingresan estos obrados a la Alzada en virtud del recurso interpuesto
por la defensa oficial de Á.I. a fs. 22/31, contra la resolución del 6 de
agosto de 2019 de fs. 13/18, en la cual la magistrado de anterior grado rechazó los
planteos de nulidad interpuestos por la falta de presencia del Juez y por no haber
podido acceder a la causa antes del inicio del acta.
En primer lugar la defensa sostiene, que existe temor de parcialidad en
razón de que al momento de resolver el 6 de agosto, la magistrado para una mejor
comprensión de los hechos, hizo una somera relación de la causa principal, a la
cual por brevedad hizo remisión a los argumentos desarrollados al dictar el
procesamiento (15 de julio), por tratarse de una cuestión estrechamente
relacionada al expediente. Agrega que por ello adelanto opinión perdiendo
objetividad y que la misma fue dada sin escuchar al Ministerio Público. En
segundo término plantea la nulidad de la indagatoria en razón de que la
magistrado no estuvo presente en la misma. Pese a que de manera expresa la
defensa requirió su presencia el día domingo 9 de junio a las 20:25 hs. (inicio de
la indagatoria en la toma de datos personales). Cita normativa procesal e
internacional respecto de sus dichos. En tercer lugar, plantea la nulidad por
imposibilidad de contar con las actuaciones en forma previa a la indagatoria.
Afirma que recién después de la toma de los datos personales se le ofreció un
DVD, Cita abundante jurisprudencia de la C.I.D.H. en relación al derecho a
garantizar el conocimiento de las actuaciones y el “Incidente de devolución de
C., Celedonio P/Infracción Ley 23.737 (art. 5 inc. C)”, E.. N° FCT
1823/2016/3/1/1/CA3, resuelto por esta Cámara. F. reserva de recurrir en
Casación y del caso federal.
A fs. 169 el F. General S. manifiesta que no adhiere al
recurso interpuesto.
En oportunidad de llevarse a cabo la audiencia oral, la defensa ratifica lo
expuesto al momento de la interposición del recurso. En tal sentido hace énfasis
en el relato cronológico de los hechos, afirmando que el día domingo 9 de junio,
pidió ver la causa (en mesa de entradas) donde le manifestaron que no puede
tomar vista de la misma hasta después de la indagatoria. En consecuencia solicitó
la presencia de la Jueza en la audiencia. Refiere que se presentó al señor I. y
Fecha de firma: 25/09/2019 Alta en sistema: 27/09/2019 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #33721148#245329319#20190925101727908 conversó con el (en el pasillo)...
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